DECRETO SUPREMO, N° 403-2019-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Aprueban medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos de personal a aplicarse durante el Año Fiscal 2020 para las empresas y entidades bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE-DECRETO SUPREMO-N° 403-2019-EF
Emisor | ECONOMIA Y FINANZAS |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 8 del numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la regulación general referida a materias presupuestarias es de aplicación al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) y sus empresas y al Seguro Social de Salud (EsSalud), este último solo y exclusivamente cuando así lo señale expresamente la citada norma;
Que, como parte de la implementación y aplicación de la política presupuestaria del Estado, y en ejercicio del Principio de Anualidad Presupuestaria que rige tales materias, se aprobó el Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, el mismo que por su naturaleza se encuentra regido por los alcances generales del Decreto Legislativo N° 1440;
Que, de acuerdo al literal a) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 014-2019, debe publicarse en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2019, el Decreto Supremo, que apruebe las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal a aplicarse a partir del 1 de enero de 2020, para las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE;
Que, según lo dispuesto en la Ley Nº 27170, el FONAFE se encarga de normar y dirigir la actividad empresarial del Estado, para lo cual emite directivas regulando diversos aspectos relacionados con la ejecución presupuestal de las empresas bajo su ámbito;
Que, la Quincuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, con el objeto de fortalecer la gestión en la prestación de los servicios que brinda el Seguro Social de Salud (EsSalud), incorporó a dicha entidad bajo el ámbito del FONAFE, quedando sujeta a las normas de gestión, directivas y procedimientos emitidos por éste;
De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia N° 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
DECRETA:
1.1 Son aplicables a las empresas y entidades bajo el ámbito del FONAFE, las medidas de austeridad, disciplina y calidad en el gasto público y de ingresos del personal, previstas en la Directiva Corporativa de Gestión Empresarial del FONAFE aprobada por...
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