RESOLUCION DIRECTORAL, N° 020-2019-MTC/18, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban el “Formato Único de Registro de Accidentes de Tránsito” que consta de tres formatos: “Registro de accidentes de tránsito”, “Registro de vehículos involucrados” y “Registro de personas involucradas”-RESOLUCION DIRECTORAL-N° 020-2019-MTC/18

EmisorTRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2019

Lima, 16 de diciembre de 2019

VISTO:

El Informe No 884-2019-MTC/18.01 elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dispone que dicho Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de servicios de transporte de alcance nacional e internacional; y, de manera compartida con los gobiernos regionales y gobiernos locales, en materia de servicios de transporte de alcance regional y local, circulación y tránsito terrestre;

Que, el artículo 16 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con competencia para dictar los Reglamentos Nacionales, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1216 se dispuso la operatividad de la Policía Nacional del Perú para fiscalizar, supervisar y controlar los vehículos en materia de tránsito y transporte de personas y mercancías, en todo el territorio de la República, para la prevención, investigación y combate de los delitos y faltas, en el ejercicio de sus funciones y en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC); disponiendo en su artículo 7 numeral 7.1, la creación del Registro de Accidentes de Tránsito de la Policía Nacional del Perú, el cual se articula con las bases de datos generadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y otras instituciones que se establezcan en el Reglamento;

Que, asimismo, el Decreto Legislativo Nº 1216, dispone en el numeral 7.1 del artículo 7, que: “(…) la Policía Nacional del Perú, en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, define la metodología, los contenidos y los formatos estándar para la recolección de datos y el...

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