RESOLUCION, Nº 0496-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Revocan resolución que dispuso la exclusión de candidato para el Congreso de la República por el distrito electoral de San Martín-RESOLUCION-Nº 0496-2019-JNE

Fecha de disposición25 Diciembre 2019
Fecha de publicación25 Diciembre 2019
SecciónSección Única

Expediente N° ECE.2020003836

SAN MARTÍN

JEE MOYOBAMBA (ECE.2020003169)

ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS

2020

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veinte de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Michael Vargas Rojas, personero legal titular de la organización política Solidaridad Nacional, en contra de la Resolución N° 00301-2019-JEE-MOYO/JNE, del 14 de diciembre de 2019, que dispuso la exclusión de Ronald Augusto del Castillo Flores, candidato de la referida organización política para el Congreso de la República, por el distrito electoral de San Martín, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución N° 00208-2019-JEE-MOYO/JNE, del 6 de diciembre de 2019, el Jurado Electoral Especial de Moyobamba (en adelante, JEE) inscribió la lista de candidatos de la organización política Solidaridad Nacional, por el distrito electoral de Moyobamba, para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 (en adelante, ECE 2020). Dicha lista incluyó al candidato Ronald Augusto del Castillo Flores.

Con el Informe N° 021-2019-KEMR-FHV-JEE-MOYOBAMBA/JNE, de fecha 27 de noviembre de 2019, el fiscalizador de Hoja de Vida puso en conocimiento del JEE que el candidato Ronald Augusto del Castillo Flores consignó en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (en adelante, DJHV) que era titular de dos (2) bienes muebles, pero omitió declarar dos (2) vehículos registrados con Placas N° MX02002 y MX17174, inscritos en las Partidas Registrales N° 60024390 y N° 60542737 de la Zona Registral III-Sede Moyobamba-Oficina Tarapoto.

Por medio de la Resolución N° 00274-2019-JEE-MOYO/JNE, el JEE corre traslado a la referida organización política con el informe antes mencionado, para que realice sus descargos, los cuales fueron presentados el 12 de diciembre de 2019, remitiendo el escrito de fecha 29 de noviembre de 2019 y alega que los vehículos no declarados en la DJHV no son de propiedad del candidato, porque fueron adjudicados en compraventa a terceras personas, quienes de manera negligente no registraron dichos bienes a nombre suyo.

A través de la Resolución N° 00301-2019-JEE-MOYO/JNE, del 14 de diciembre de 2019, el JEE resolvió excluir al candidato Ronald Augusto del Castillo Flores, por omitir consignar en su DJHV los bienes muebles antes descritos, incurriendo así en las causales de exclusión establecidas en el numeral 38.1 del artículo 38 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, aprobado mediante la Resolución N° 0156-2019-JNE (en adelante, Reglamento).

El 18 de diciembre de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR