RESOLUCION SUPREMA, N° 257-2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitud de ampliación de extradición activa de ciudadana peruana y disponen su presentación al Reino de España-RESOLUCION SUPREMA-N° 257-2019-JUS

Fecha de publicación25 Diciembre 2019
Fecha de disposición24 Diciembre 2019

Lima, 24 de diciembre de 2019

VISTO; el Informe Nº 153-2019/COE-TPC, del 2 de diciembre de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de ampliación de extradición activa de la ciudadana peruana MARÍA HILDA PÉREZ ZAMORA al Reino de España, formulada por el Colegiado “A” de la Sala Penal Nacional, para ser procesada por la presunta comisión del delito de terrorismo, en agravio del Estado peruano;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 14 de noviembre de 2018, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de ampliación de extradición activa de la ciudadana peruana MARÍA HILDA PÉREZ ZAMORA al Reino de España, formulada por el Colegiado “A” de la Sala Penal Nacional, para ser procesada por la presunta comisión del delito de terrorismo, en agravio del Estado (Expediente N° 160-2018);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo con el inciso 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial;

Que, mediante el Informe Nº 153-2019/COE-TPC, del 2 de diciembre de 2019, la Comisión Oficial de...

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