SEPARATA ESPECIAL.Acuerdo Nº 196 y Ordenanza N° 429-MDS.Ordenanza que establece el Régimen de la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Surquillo. -
Emisor | Gobiernos Locales |
Fecha de la disposición | 24 de Diciembre de 2019 |
Año de lA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
ORDENANZA Nº 429-MDS
ORDENANZA QUE ESTABLECE
EL RÉGIMEN DE LA TASA POR
ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE SURQUILLO
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 196
separata especial
Martes 24 de diciembre de 2019
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA |
ACUERDO DE CONCEJO Nº 196
Lima, 5 de setiembre de 2019
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO;
El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009456 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 429-MDS, que establece el régimen de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Surquillo, y;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;
Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo aprobó la ordenanza materia de ratificación, remitiéndola con la respectiva documentación al Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, con carácter de declaración jurada y la citada entidad, previa revisión y estudio, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emitió el Informe Nº 266-181-00000858, de fecha 09 de julio de 2019, concluyendo que procede la ratificación solicitada por cumplir con las Ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima Nº 739, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de diciembre de 2004 y modificatorias, así como la Ordenanza Nº 2085, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 05 de abril de 2018 y conforme a las Directivas Nros. 001-006-00000015 y 001-006-00000028, publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fechas 30 de junio de 2011 y 18 de mayo de 2019, respectivamente;
Que, la prestación del servicio se efectuará en un total de 1,160 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el Anexo Nº 3 de la Ordenanza Nº 429-MDS, con la tasa de S/ 0.50 por 30 minutos y los ingresos que la Municipalidad Distrital de Surquillo proyecta percibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, financiarán el 92.75% de los costos por la prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la citada municipalidad;
Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, por la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito de la Gerencia de Transporte Urbano, en su Oficio Nº...
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