RESOLUCION, Nº 0476-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman resolución que dispuso excluir a candidata al Congreso de la República por el distrito electoral de Huancavelica-RESOLUCION-Nº 0476-2019-JNE

Fecha de disposición22 Diciembre 2019
Fecha de publicación22 Diciembre 2019
SecciónSección Única

Expediente N° ECE.2020003601

HUANCAVELICA

JEE HUANCAVELICA (ECE.2020002422)

ELECCIONES CONGRESALES EXTRAORDINARIAS

2020

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, diecinueve de diciembre de dos mil diecinueve.

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Nick Yerson Taipe Ticllacuri, personero legal titular de la organización política Partido Político Contigo, en contra de la Resolución N° 00154-2019-JEE-HVCA/JNE, del 10 de diciembre de 2019, que dispuso excluir a Lizeth Thalía Quispe Paitán, candidata de la referida organización política para el Congreso de la República, por el distrito electoral de Huancavelica, en el marco de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020; y oído el informe oral.

ANTECEDENTES

Mediante la Resolución N° 00089-2019-JEE-HVCA/JNE, del 29 de noviembre de 2019, el Jurado Electoral Especial de Huancavelica (en adelante, JEE) inscribió la lista de candidatos de la organización política Partido Político Contigo, por el distrito electoral de Huancavelica, para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. Dicha lista incluyó a la candidata Lizeth Thalía Quispe Paitán.

Por medio del Informe N° 015-2019-RCGP-FHV-JEE-HUANCAVELICA/JNE, de fecha 27 de noviembre de 2019, el fiscalizador de Hoja de Vida puso en conocimiento del JEE que la candidata Lizeth Thalía Quispe Paitán habría omitido consignar información respecto a un (1) bien mueble en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (en adelante, DJHV).

Mediante la Resolución N° 00122-2019-JEE-HVCA/JNE, del 4 de diciembre de 2019, el JEE corrió traslado a la referida organización política con el informe antes mencionado, para que realice sus descargos en el plazo de un (1) día hábil. No obstante, la referida organización política presentó su escrito de descargos el 7 de diciembre de 2019; esto es, fuera del plazo otorgado.

A través de la Resolución N° 00154-2019-JEE-HVCA/JNE, del 10 de diciembre de 2019, el JEE resolvió excluir a la candidata Lizeth Thalía Quispe Paitán por omitir consignar el siguiente bien mueble en su DJHV:

[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]

Así, el JEE concluyó que la candidata no declaró tener bienes; no obstante, en los Registros Públicos figura que es propietaria del bien mueble con partida registral N° 53824710. Asimismo, precisa que el escrito de descargo ha sido presentado de forma extemporánea, por lo cual no cabe pronunciarse al respecto.

El 16 de diciembre de 2019, el personero legal titular de la referida organización política interpuso recurso de apelación en contra de la Resolución N° 00154-2019-JEE-HVCA/JNE, alegando lo siguiente:

  1. La referida candidata celebró un contrato de crédito con la...

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