RESOLUCION, N° 027-2019-OEFA/CD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL - Modifican la Res. N° 021-2019-OEFA/CD mediante la cual se aprobó la conformación de la Sala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA-RESOLUCION-N° 027-2019-OEFA/CD

EmisorORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2019

Lima, 26 de noviembre de 2019

VISTOS: El Informe N° 00041-2019-OEFA/TFA-ST, emitido por la Secretaría Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental; y, el Informe N° 00420-2019-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;

Que, el Numeral 10.2 del Artículo 10° de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, Ley del SINEFA), señala que el órgano de segunda instancia es el Tribunal de Fiscalización Ambiental (en adelante, el TFA) que ejerce funciones como última instancia administrativa; lo resuelto por el referido Tribunal es de obligatorio cumplimiento y constituye precedente vinculante en materia ambiental, siempre que esta circunstancia se señale en la misma resolución, en cuyo caso debe ser publicada de acuerdo a ley;

Que, el Numeral 10.3 del Artículo 10° de la Ley del SINEFA establece que el TFA cuente con salas especializadas, cuya conformación y funcionamiento es regulado mediante Resolución de Consejo Directivo; asimismo, el número de salas especializadas es definido por el Consejo Directivo;

Que, por su parte, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley del SINEFA dispone que, mediante Decreto Supremo refrendado por los Sectores involucrados, se establecerán las entidades cuyas funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y sanción en materia ambiental serán asumidas por el Organismo de...

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