RESOLUCION, Nº 0173-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Confirman Acuerdo que declaró infundada solicitud de vacancia presentada contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Jeberos, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto-RESOLUCION-Nº 0173-2019-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2019

Expediente N° JNE.2019001978

JEBEROS–ALTO AMAZONAS–LORETO

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veintiocho de octubre de dos mil diecinueve

VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Ricardo Pizango Tangoa en contra del acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 009-2019, de fecha 3 de setiembre de 2019, que declaró infundada la solicitud de vacancia presentada contra Wilder Saldaña Gutiérrez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jeberos, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2019001388, y oídos los informes orales.

ANTECEDENTES

Respecto a la solicitud de declaratoria de vacancia

Con fecha 3 de julio de 2019, Ricardo Pizango Tangoa solicita la vacancia de Wilder Saldaña Gutiérrez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Jeberos, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto (fojas 1 a 15 del Expediente N° JNE.2019001388), por la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), alegando esencialmente lo siguiente:

  1. La Municipalidad Distrital de Jeberos ha pagado a Tulio Arquímedes Arévalo Montalván la suma de S/ 5 960,00 por concepto de pago de la adquisición de tóner.

  2. La Municipalidad Distrital de Jeberos ha pagado a Arca Ingeniería y Construcciones S. A. C. la suma de S/ 1 191,00 por concepto de la adquisición de materiales de electricidad, iluminación y electrónica.

  3. La Municipalidad Distrital de Jeberos ha girado la suma de S/ 59 490,00 en favor de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván, en su condición de proveedor, conforme al Portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas.

  4. La Municipalidad Distrital de Jeberos ha girado la suma de S/ 61 143,40 en favor de Arca Ingeniería y Construcciones S. A. C., en su condición de proveedor, conforme al Portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas.

  5. El alcalde Wilder Saldaña Gutiérrez ha favorecido de manera directa a Tulio Arquímedes Arévalo Montalván, quien es padre de su sobrina Susell Fabiola Arévalo Saldaña.

  6. El alcalde de la Municipalidad Distrital de Jeberos, a través de la Resolución de Alcaldía N° 003-2019-MDJ-/A, designó a Anthoni Max Barrera Isuiza en el cargo de confianza de jefe de la Unidad de Contabilidad en la entidad municipal, “con el cual se acredita el grado de familiaridad”, quien es conviviente de su sobrina Susell Fabiola Arévalo Saldaña.

    A efectos de acreditar la causal invocada, el solicitante adjunta, entre otros, los siguientes medios probatorios:

  7. Certificado de inscripción de Susell Fabiola Arévalo Saldaña, Wilder Saldaña Gutiérrez, Maribel Saldaña Gutiérrez, Tulio Arquímedes Arévalo Montalván y Anthoni Max Barrera Isuiza, todos ellos expedidos por el Reniec (fojas 17 a 21 del Expediente N° JNE.2019001388, respectivamente).

  8. Diversa documentación, relacionada con la adquisición de tóner por parte de la Municipalidad Distrital de Jeberos, teniendo como proveedor a Tulio Arquímedes Arévalo Montalván, como comprobante de pago, orden de compra, pedido–comprobante de salida, proformas, factura, guía de remisión, entre otros (fojas 23 a 38 del Expediente N° JNE.2019001388).

  9. Diversa documentación, relacionada con la adquisición de materiales de electricidad, iluminación y electrónica por parte de la Municipalidad Distrital de Jeberos, teniendo como proveedor a Arca Ingeniería y Construcciones S. A. C., como comprobante de pago, orden de compra, pedido–comprobante de salida, proformas, facturas, guías de remisión, entre otros (fojas 39 a 55 del Expediente N° JNE.2019001388).

  10. Copia simple de impresiones del Portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas (fojas 56 a 58 del Expediente N° JNE.2019001388).

  11. Partida de nacimiento de Wilder Saldaña Gutiérrez (fojas 62 del Expediente N° JNE.2019001388).

  12. Partida de nacimiento de Maribel Saldaña Gutiérrez (fojas 63 del Expediente N° JNE.2019001388).

  13. Partida de nacimiento de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván (fojas 64 del Expediente N° JNE.2019001388).

  14. Partida de nacimiento de Susell Fabiola Arévalo Saldaña (fojas 65 del Expediente N° JNE.2019001388).

  15. Acta de Nacimiento de Paulina Fabiana Barrera Arévalo (fojas 66 del Expediente N° JNE.2019001388).

  16. Resolución de Alcaldía N° 004-2019-MDJ/A. (fojas 67 y 68 del Expediente N° JNE.2019001388).

  17. Diversa documentación, relacionada con el pago de viáticos en favor de Anthoni Max Barrera Isuiza, por comisión de servicios a la ciudad de Tarapoto (fojas 69 a 78 del Expediente N° JNE.2019001388).

  18. Copia simple de diversas capturas de pantalla (fojas 79 a 83 del Expediente N° JNE.2019001388).

    El solicitante de la vacancia, a través del escrito presentado el 4 de julio de 2019, adjunta los siguientes medios probatorios:

  19. Diversa documentación, relacionada con los pagos efectuados por la Municipalidad Distrital de Jeberos en favor del proveedor Tulio Arquímedes Arévalo Montalván (fojas 89 a 121 del Expediente N° JNE.2019001388).

  20. Diversa documentación, relacionada con los pagos efectuados por la Municipalidad Distrital de Jeberos en favor del proveedor Arca Ingeniería y Construcciones S. A. C., (fojas 122 a 139 del Expediente N° JNE.2019001388).

    Descargos del alcalde Wilder Saldaña Gutiérrez

    Mediante escrito del 25 de agosto de 2019 (fojas 56 a 59), el alcalde expresó sus descargos en los siguientes términos:

  21. Maribel Saldaña Gutiérrez es mi hermana quien tuvo relaciones sentimentales con Tulio Arquímedes Arévalo Montalván hace 29 años aproximadamente, producto del cual llegaron a tener una hija que responde al nombre de Susell Fabiola Arévalo Saldaña.

  22. Maribel Saldaña Gutiérrez desde hace 18 años tiene una nueva pareja sentimental, de forma similar Tulio Arquímedes Arévalo Montalván desde hace 22 años también tiene nueva pareja.

  23. Que por Resolución de alcaldía designé al CPC Anthoni Max Barrera Isuiza, en el cargo de jefe de la Unidad de Contabilidad de la Municipalidad Distrital de Jeberos, toda vez que no está inmerso dentro de las prohibiciones de nepotismo.

  24. El peticionante refiere que el pago de “S/ 5,560.00” y “S/ 1,191.00” en favor de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván y Arca Ingeniería y Construcciones S. A. C., respectivamente, “según el artículo 56 numeral cuatro de la Ley Orgánica de Municipalidades, constituye un bien municipal, interpretación totalmente errónea toda vez que el artículo 63 de la Ley Orgánica de Municipalidades refiere a la venta de bienes municipales, respecto de contratar rematar obras o servicios públicos municipales ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes”.

    Sobre la posición del Concejo Distrital de Jeberos

    En Sesión Extraordinaria N° 009-2019, de fecha 3 de setiembre de 2019 (fojas 217 a 219), el Concejo Distrital de Jeberos, conformado por el alcalde y cinco regidores, acordó, por cuatro votos en contra y uno a favor, declarar infundado el pedido de vacancia presentado en contra del alcalde Wilder Saldaña Gutiérrez, al no haber alcanzado el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros.

    Sobre el recurso de apelación

    El 6 de setiembre de 2019 (fojas 1 a 14), Ricardo Pizango Tangoa, solicitante de la vacancia, interpuso recurso de apelación en contra del acuerdo adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 009-2019, de fecha 3 de setiembre de 2019, bajo similares fundamentos esgrimidos en su pedido de vacancia, agregando lo siguiente:

  25. El Comprobante de Pago N° 0112 por la suma de S/ 5 960,00 y el Comprobante de Pago N° 114 por la suma de S/ 1 191,00, se encuentran visados por el CPC Anthoni Max Barrera Isuiza, quien es yerno de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván y pareja de Susell Fabiola Arévalo Saldaña, esta última sobrina de la autoridad cuestionada.

  26. Los Comprobantes de Pago N° 098, N° 051 y N° 052, por las sumas de S/ 918,68; S/ 361,32; S/ 2 886,00, respectivamente, realizados en favor de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván, se encuentran visados por el CPC Anthoni Max Barrera Isuiza, quien es yerno de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván y pareja de Susell Fabiola Arévalo Saldaña, esta última sobrina de la autoridad cuestionada.

  27. El Comprobante de Pago N° 096, por la suma de S/ 4 800,00, realizado en favor de la empresa Arca Ingeniería y Construcciones S. A. C., se encuentra visado por el CPC Anthoni Max Barrera Isuiza, quien es yerno de Tulio Arquímedes Arévalo Montalván y pareja de Susell Fabiola Arévalo Saldaña, esta última sobrina de la autoridad cuestionada.

  28. Se encuentran acreditados los tres elementos que configuran la causal de vacancia de restricciones de la contratación.

    CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

    La materia controvertida, en el presente caso, consiste en determinar si, a partir de los hechos que se le atribuyen, el alcalde Wilder Saldaña Gutiérrez incurrió en la causal de vacancia de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la LOM.

    CONSIDERANDOS

    Sobre los elementos que configuran la causal de vacancia de restricciones de contratación de acuerdo con el criterio jurisprudencial del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones

    1. Es posición constante de este órgano colegiado que el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la LOM, tiene por finalidad la protección de los bienes municipales, precepto de vital importancia para que las entidades ediles cumplan con las funciones y propósitos de desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Así, se entiende que estos bienes no estarían lo suficientemente protegidos cuando quienes están a cargo de su protección (alcaldes y regidores) contraten, a su vez, con la misma municipalidad, y la norma establece, por...

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