ORDENANZA, N° 419-MVES, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR - Modifican Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad-ORDENANZA-N° 419-MVES

EmisorMUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2019

Modifican Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de gestión de resultados de la Municipalidad

ORDENANZA Nº 419-MVES

Villa El Salvador, 25 de octubre de 2019

POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y

VISTOS: El Dictamen Nº 016-2019-CAPyP/MVES de la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 1175-2019-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 471-2019-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 150-2019-UPEM-OPP/MVES e Informe Nº 155-2019-UPEM-OPP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización, sobre propuesta de Ordenanza que Modifica la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones aprobados con Ordenanza 369-MVES;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando que, esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.”;

Que, el numeral 3) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; asimismo en su numeral 8) establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma, que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa;

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado...

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