RESOLUCION, N° 105-IGP/2019, ORGANISMOS EJECUTORES, INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU - Aprueban Norma Técnica de la Red Sísmica Nacional del Instituto Geofísico del Perú-RESOLUCION-N° 105-IGP/2019

EmisorINSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 2019

Aprueban Norma Técnica de la Red Sísmica Nacional del Instituto Geofísico del Perú

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° 105-IGP/2019

Lima, 29 de octubre del 2019

VISTOS:

El Informe Nº 043-2019-IGP/GG-OAJ y el Decreto Supremo N° 017-2018-MINAM, que aprobó los Lineamientos para la incorporación de criterios sobre infraestructura natural y gestión del riesgo en un contexto de cambio climático, en el marco de la reconstrucción con cambios, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 136 se crea el Instituto Geofísico del Perú - IGP, cuya finalidad es la investigación científica, la enseñanza, la capacitación, la prestación de servicios, la realización de estudios y proyectos y demás funciones otorgadas conforme a ley, en las diversas áreas de la Geofísica;

Que, los numerales d) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 136 señalan, respectivamente, que: es función del instituto geofísico del Perú investigar el medio ambiente y estudiar los procedimientos que permitan prever y reducir el impacto destructor de los desastres naturales o introducidos por el hombre, realizar la observación, recopilación y registro permanente de parámetros de fenómenos geofísicos y mantener actualizada la información que permita mejorar el conocimiento del ambiente físico;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, dispone la adscripción del Instituto Geofísico del Perú (IGP) como Organismo Público Ejecutor del Ministerio del Ambiente;

Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINAM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geofísico del Perú -IGP;

Que, el artículo 44 de la Constitución Política del Perú establece como uno de los deberes primordiales del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad;

Que, el sub numeral 87.2.2 del numeral 87.2 del artículo 87 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General...

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