RESOLUCION SUPREMA, N° 223 -2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitudes de extradición pasiva de ciudadanos peruana - española, rumano y peruano formuladas por autoridades del Reino de España, Rumanía y el Reino de los Países Bajos-RESOLUCION SUPREMA-N° 223 -2019-JUS

Fecha de publicación24 Octubre 2019
Fecha de disposición23 Octubre 2019

Lima, 23 de octubre de 2019

VISTO; el Informe Nº 129 -2019/COE-TPC, del 2 de octubre de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado o voluntario del ciudadano peruano TEÓFANES BORJA FALCÓN, formulada por la Fiscalía Nacional del Reino de los Países Bajos, para el cumplimiento de la Sentencia del 25 de junio de 2018, que le impone una condena de 14 meses de prisión por la comisión del delito de tráfico ilícito de estupefacientes;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú, dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 26 de agosto de 2019, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva, con procedimiento simplificado o voluntario, del ciudadano peruano TEÓFANES BORJA FALCÓN, formulada por las autoridades competentes del Reino de los Países Bajos, para el cumplimiento de la Sentencia del 25 de junio de 2018, que le impone una condena de 14 meses de prisión por la comisión del delito de tráfico ilícito de estupefacientes (Expediente N° 137-2019);

Que, el literal b) del artículo 28 del Decreto Supremo N° 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos...

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