DECRETO DE ALCALDIA, Nº 012-2019-MLV, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA - Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad, en lo referente a la Gerencia de Desarrollo Económico-DECRETO DE ALCALDIA-Nº 012-2019-MLV
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA |
Fecha de la disposición | 24 de Septiembre de 2019 |
La Victoria, 24 de setiembre de 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA;
VISTOS: El Informe Nº 0472-2019-AGCPE-GDE/MDLV, el Informe Nº 129-2019-GDE/MLV, el Informe Nº 1009-2019-SGCPE-GDE/MDLV, el Memorándum Nº 1099-2019-GPP/MLV de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 132-2019-SGPM-GPP/MLV de la Subgerencia de Planificación y Modernización, el Informe Nº 457-2019-GAJ/MLV y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 195 de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, así como la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con los planes nacional y regionales de desarrollo, de manera que son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley; así como presentar iniciativas legislativas en materia y asuntos de su competencia;
Que, de acuerdo al numeral 6) artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades que establece que una de las atribuciones del Alcalde es: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; concordante con el artículo 42 de la citada ley, que señala: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, el numeral 43.1 del artículo 43 del Texto Único Ordenado - TUO - de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado mediante Decreto Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular del Organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo;
Que, el artículo 43.5 del TUO de la...
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