ACUERDO, Nº 0136-2019-SO-GRL-CR:11/09/2019, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LORETO - Aprueban exoneración de procesos de selección para la contratación en forma directa de bienes y servicios que resulten necesarios para mitigar efectos del derrame de petróleo en las comunidades nativas del distrito de Manseriche, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto-ACUERDO-Nº 0136-2019-SO-GRL-CR:11/09/2019

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2019

Iquitos, 11 de setiembre de 2019

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional:

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, de fecha 11 de setiembre del año 2019, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N°27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, el tema; Solicita “la Exoneración de los Procesos de Selección por la Causal de Situación de Emergencia Sanitaria para la Contratación Directa mediante Acciones Inmediatas de Bienes y/o Servicios en Vías de Regularización, que resulten estrictamente necesarios para Mitigar los Efectos del Derrame del Petróleo en las Comunidades Nativas del Distrito de Manseriche, Provincia de Datem del Marañón, Departamento de Loreto por un plazo de (90) Noventa días calendarios”. (pedido solicitado por la Comisión de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Nacionalidades Indígenas), y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8º, establece que, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia; La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas.

Que, el Pleno del Consejo Regional De Loreto en uso de sus atribuciones, derechos y obligaciones funcionales establecidos en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y; artículos 2 literal a) y 12 literal b) del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto, vigente, y con el voto aprobatorio de los miembros hábiles de este Consejo; con el trámite de la lectura y aprobación del acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto, acordó por MAYORIA el siguiente Acuerdo Regional:

Artículo Primero

Aprobar; el pedido solicitado por la comisión de recursos naturales, gestión del medio ambiente y nacionalidades indígenas, “la exoneración de los procesos de selección, por la causal de situación de emergencia, para la contratación en forma directa, mediante acciones inmediatas de los bienes y servicios...

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