DECRETO DE URGENCIA, N° 004-2019, PODER EJECUTIVO, DECRETOS DE URGENCIA - Establecen medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público-DECRETO DE URGENCIA-N° 004-2019

Fecha de disposición17 Octubre 2019
Fecha de publicación17 Octubre 2019

DECRETO DE URGENCIA

Nº 004-2019

ESTABLECEN MEDIDAS EXTRAORDINARIAS

QUE CONTRIBUYAN A ESTIMULAR LA

ECONOMÍA A TRAVÉS DEL GASTO PÚBLICO

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 135 de la Constitución Política del Perú, durante el interregno parlamentario, el Poder Ejecutivo legisla mediante decretos de urgencia, de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los examine y los eleve al Congreso, una vez que éste se instale;

Que, mediante Decreto Supremo N° 165-2019-PCM, Decreto Supremo que disuelve el Congreso de la República y convoca a elecciones para un nuevo Congreso, se revocó el mandato parlamentario de los congresistas, manteniéndose en funciones la Comisión Permanente;

Que, el Marco Macroeconómico Multianual 2020-2023 contempla que la economía crecería 3,0% en 2019; sin embargo, existe un conjunto de factores internos y externos que podrían poner en riesgo el cumplimiento de esta meta;

Que, ante un contexto de menor crecimiento y moderación de las expectativas de las familias y empresas, resulta imprescindible asegurar la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto público para el presente año fiscal, en favor del cumplimiento de las reglas fiscales y de la sostenibilidad de las cuentas públicas, a través de mecanismos que permitan generar un impulso en la demanda interna;

Que, en consecuencia, resulta necesario dictar medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público, con la finalidad de mejorar la actividad económica, a través de medidas que permitan asegurar la ejecución de los recursos asignados en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en favor del cumplimiento de las reglas fiscales y de la sostenibilidad de las cuentas públicas;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 135 de la Constitución Política del Perú;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,

Con cargo de dar cuenta a la Comisión Permanente para que lo examine y lo eleve al Congreso, una vez que éste se instale:

DECRETA:

Artículo 1 Objeto

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias que contribuyan a estimular la economía a través del gasto público.

Artículo 2 Transferencia de Partidas

2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 964 923 921,00 (NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de los pliegos incluidos en el Anexo 1 “Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia”, a favor de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, de acuerdo al detalle que se indica en el referido Anexo, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Urgencia.

2.2 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 1 008 927 132,00 (MIL OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, lo que comprende los recursos señalados en el numeral 2.1, a favor...

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