RESOLUCION MINISTERIAL, N°417-2019-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Modifican composición de los Comités Especiales designados mediante los artículos 2 y 3 de la R.M. N° 161-2019-PRODUCE-RESOLUCION MINISTERIAL-N°417-2019-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición10 de Octubre de 2019

Modifican composición de los Comités Especiales designados mediante los artículos 2 y 3 de la R.M. N° 161-2019-PRODUCE

Resolución Ministerial

N°417-2019-PRODUCE

Lima, 7 de octubre de 2019

VISTOS: Los Oficios N° 467-2019-ITP/DE, N° 516-2019-ITP/DE y N° 560-2019-ITP/DE del Instituto Tecnológico de la Producción (en adelante, el ITP); el Memorando N° 1347-2019-PRODUCE/DVMYPE-I y los Cargos N° 3544-2019-PRODUCE/DVMYPE-I y N° 3788-2019-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 813-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 294-2018-EF (en adelante, el TUO de la Ley N° 29230) se establece el marco normativo para impulsar la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (en adelante, Invierte.pe), con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de inversión;

Que, el artículo 4 del TUO de la Ley N° 29230, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión, en el marco del Invierte.pe, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, turismo, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en el TUO de la Ley N° 29230 y su Reglamento;

Que, el artículo 10 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 295-2018-EF (en adelante, el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230), dispone que corresponde a la entidad pública aprobar la lista de proyectos priorizados, los cuales deben ser consistentes con los objetivos, las metas y los indicadores establecidos en la Programación Multianual de Inversiones (en adelante, PMI) y contar con la declaración de viabilidad conforme a los criterios establecidos en el Invierte.pe; para tal efecto, el referido artículo precisa que tanto la lista de proyectos priorizados como la designación de...

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