ORDENANZA, Nº 009-2019-MDLP-AL, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA - Ordenanza que aprueba el Reglamento del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales en el distrito-ORDENANZA-Nº 009-2019-MDLP-AL

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2019

La Punta, 30 de setiembre de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE LA PUNTA

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 30 de setiembre de 2019 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;

VISTOS;

El Informe Nº 183-2019/MDLP/GSC/DMA emitido por la División de Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios a la Ciudad; el Memorando Nº 579-2019-MDLP/OPP emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 327-2019/MDLP/GR emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe Nº 201-2019/MDLP/GSC/DMA, emitido por la División de Medio Ambiente de la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el Informe Nº 289-2019-MDLP/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; el Proveído Nº 2222-2019-MDLP/GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO;

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el artículo II del Titular Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radicando dicha autonomía en el facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 2º inciso 22) establece el derecho de toda persona de gozar de paz, tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado; asimismo, el artículo 67º establece que el Estado, determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales. En su artículo 195º establece que los gobiernos locales promueven el...

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