DECRETO SUPREMO, N° 013-2019-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Decreto Supremo que establece disposiciones respecto al goce de los beneficios de los programas regulados en el artículo 18 del Decreto Legislativo N° 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación-DECRETO SUPREMO-N° 013-2019-PRODUCE

EmisorPRODUCE
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, establece un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracción de los recursos anchoveta y anchoveta blanca destinada al consumo humano indirecto, con el fin de mejorar las condiciones para su modernización y eficiencia; promover su desarrollo sostenible como fuente de alimentación, empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos;

Que, los artículos 11 y 31 de la citada Ley disponen la creación del Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero (FONCOPES) destinado a financiar exclusivamente los programas de beneficios establecidos; asimismo, que el Ministerio de la Producción regula y supervisa los referidos programas para los trabajadores que pudieran resultar afectados por la introducción de los Límites Máximos de Captura por Embarcación;

Que, de acuerdo a los artículos 16 y 18 de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación y al Decreto de Urgencia Nº 012-2012, se otorgó a los trabajadores determinado plazo para acogerse a los programas de Incentivos a la Reconversión Laboral o de Desarrollo y Promoción de Mypes, los que incluyen beneficios, como la capacitación en carreras técnicas vinculadas a la gestión de negocios, que les permita iniciar o desarrollar una micro o pequeña empresa;

Que, por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, el cual establece disposiciones reglamentarias sobre el funcionamiento del FONCOPES, el acogimiento a los Programas de Beneficios, entre otras;

Que, considerando la naturaleza temporal de los beneficios que se encuentran incluidos en los programas de Incentivos a la Reconversión Laboral y de Desarrollo y Promoción de Mypes, resulta necesario establecer disposiciones respecto al goce de los referidos beneficios y el inicio del periodo de culminación de los programas, con la finalidad que se continúe con todas las actividades de estos últimos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 de la Ley sobre Límites Máximos de Captura por...

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