RESOLUCION JEFATURAL, N° 114-2019-BNP, ORGANISMOS EJECUTORES, BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU - Modifican Anexo N° 02 del Tarifario de los Servicios No Prestados en Exclusividad de la Biblioteca Nacional del Perú – 2019-RESOLUCION JEFATURAL-N° 114-2019-BNP

EmisorBIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Fecha de la disposición25 de Septiembre de 2019

Lima, 25 de septiembre de 2019

VISTOS:

El Informe N° 000081-2019-BNP-J-DAPI de fecha 18 de setiembre de 2019, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Informe Técnico N° 000009-2019-BNP-GG-OA-EAF de fecha 23 de setiembre de 2019, del Equipo de Trabajo de Administración Financiera de la Oficina de Administración; el Memorando N° 002199-2019-BNP-GG-OA de fecha 23 de setiembre de 2019, de la Oficina de Administración; el Informe Técnico N° 000117-2019-BNP-GG-OPP-EMO de fecha 23 de setiembre de 2019, del Equipo de Trabajo de Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 001084-2019-BNP-GG-OPP de fecha 23 de setiembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe Legal N° 000240-2019-BNP-GG-OAJ de fecha 24 de setiembre de 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú dispone lo siguiente: “La Biblioteca Nacional del Perú tiene personería jurídica pública, autonomía económica, administrativa y financiera y ajusta su actuación a lo dispuesto en la presente ley y a la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, y normas aplicables que regulan el sector cultura”;

Que, el literal b) del artículo 7 de la referida Ley N° 30570 establece que una de las fuentes de los recursos económicos de la Biblioteca Nacional del Perú proviene de los recursos directamente recaudados;

Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone que: “El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización...

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