ORDENANZA, Nº 600-2019-MSS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO - Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 600-2019-MSS

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2019

Santiago de Surco, 26 de agosto del 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO

DE SURCO,

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y,

VISTO: El Dictamen Conjunto N° 04-2019-CSCTSV-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Seguridad Ciudadana, Tránsito y Seguridad Vial, de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, la Carta N° 2555-2019-SG-MSS de la Secretaria General, los Memorándums Nros. 523 y 434-2019-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Informes Nros. 621 y 489-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1009-2019-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 986-2019-GSEGC-MSS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe N° 965-2019-SGFCA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, la Carta Nº 02-2019-CSCTSV-CGM-CAJ-MSS sobre propuesta de Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 establecen que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Potestad Sancionadora se encuentra reconocida en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; la primera por cuanto regula las actuaciones de la función administrativa del Estado y el procedimiento administrativo que desarrollan las entidades, entre ellas de la potestad sancionadora, implica la tipificación de las conductas constitutivas de infracción, el desarrollo de la actividad de fiscalización, la instauración del procedimiento administrativo sancionador y la adopción de medidas provisionales y correctivas a efectos de restaurar la legalidad afectada con la infracción cometida, así como desincentivar la comisión de aquellas conductas consideradas como contrarias al interés público;

Que, el Artículo 46° de la Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera dado a lugar; por ello que mediante ordenanza se determina el régimen de sanciones administrativas por la infracción a sus disposiciones, estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias, siendo la normativa sancionadora vigente para el distrito de Santiago de Surco, la Ordenanza N° 334-MSS, publicada en el diario oficial El Peruano el 07.07.2009, la misma que aprueba El Régimen de Aplicación de Sanciones y Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Santiago de Surco, así como el Anexo I del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas;

Que, el Decreto Legislativo N° 1272, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 21.12.2016, que modifica la Ley...

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