ORDENANZA, Nº 599-MSS, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO - Aprueban Ordenanza que aprueba el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para un Sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana-ORDENANZA-Nº 599-MSS

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2019

Aprueban Ordenanza que aprueba el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para un Sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana

ORDENANZA N° 599-MSS

Santiago de Surco, 26 de agosto del 2019

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y

VISTO: El Dictamen Conjunto N° 021-2019-CDU-CAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, la Carta N° 2396-2019-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 502-2019-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 595-2019-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Memorandos N° 1445-2019-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0108-2019-GDU-MSS, el Informe Técnico Legal N° 02-CVC/DCHA-2019, los Memorandos Nros. 0184 y 239-2019-GDU-MSS, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 431-2019-SGLH-GDU-MSS, el Informe N° 087-JCRB-2019 de la Subgerencia de Licencias y Habilitación, el Informe N° 258-2019-SGPUC-GDU-MSS y el Memorando Circular N° 02-2019-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, sobre propuesta de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para un sector del Distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 establecen que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el numeral 5) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal: Aprobar el Plan...

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