RESOLUCION, Nº 0137-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Disponen hacer de conocimiento del Tribunal Constitucional y de ciudadano la certificación de registros válidos de adherentes, otorgada por el RENIEC en el trámite del proceso de acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Legislativo N° 1393-RESOLUCION-Nº 0137-2019-JNE

Fecha de disposición25 Septiembre 2019
Fecha de publicación25 Septiembre 2019
MateriaDerecho Procesal

Expediente N° JNE.2019000187

CERTIFICACIÓN DE AUTENTICIDAD DE FIRMAS

Lima, trece de setiembre de dos mil diecinueve.

VISTO el expediente relacionado con la certificación de autenticidad de firmas de adherentes, promovida por el ciudadano Ernesto Vera Tudela Ramírez.

ANTECEDENTES

Con fecha 7 de marzo de 2019 (fojas 1), Ernesto Vera Tudela Ramírez, en calidad de promotor, presentó ante esta sede electoral una solicitud de certificación de firmas de adherentes para dar inicio al proceso de acción de inconstitucionalidad contra el Decreto Legislativo N° 1393, bajo el argumento de que dicha norma vulnera derechos fundamentales contemplados en la Constitución Política del Perú. Para tal efecto, presentó doscientos noventa y un (291) planillones de firmas de adherentes que fueron remitidos al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), a través del Oficio N° 00948-2019-SG/JNE, de fecha 11 de marzo de 2019 (fojas 5), para la respectiva comprobación de autenticidad.

No obstante, mediante el Oficio N° 000856-2019/SGEN/RENIEC, recibido el 29 de marzo de 2019 (fojas 8), el secretario general del Reniec remitió, entre otros documentos, el Acta N° 2: Etapa de Verificación Semiautomática, de fecha 18 de marzo de 2019 (fojas 13), a través de la cual informó que la referida solicitud de certificación de firmas de adherentes solo alcanzó un total de cuatro mil sesenta y nueve (4 069) registros válidos.

Así, con Oficios N° 01182-2019-SG/JNE (fojas 29) y N° 01357-2019-SG/JNE (fojas 32), del 5 de abril y 2 de mayo de 2018, respectivamente, se puso en conocimiento de este hecho al promotor del mencionado trámite, a fin de que pueda completar el número de firmas de adherentes requerido.

Ante ello, por medio del escrito, de fecha 6 de junio de 2019 (fojas 35), Ernesto Vera Tudela Ramírez presentó cien (100) planillones y dos (2) discos compactos, los cuales fueron remitidos al Reniec a través del Oficio N° 01688-2019-SG/JNE, de fecha 7 de dicho mes y año (fojas 37), para el respectivo cotejo.

Posteriormente, a través del Oficio N° 001784-2019/SGEN/RENIEC, recibido el 4 de...

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