SEPARATA ESPECIAL.Ordenanza Nº 410-MVES y Acuerdo Nº 195.Ordenanza que establece el Régimen de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito de Villa El Salvador.SEPARATA ESPECIAL Miércoles 25 de setiembre de 2019 AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR ORDENANZA Nº 410-MVES ORDENANZA QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN... -

Fecha de disposición25 Septiembre 2019
Fecha de publicación25 Septiembre 2019

Año de lA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR

ORDENANZA Nº 410-MVES

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL

RÉGIMEN DE LA TASA DE

ESTACIONAMIENTO VEHICULAR TEMPORAL EN EL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR

ACUERDO DE CONCEJO Nº 195

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

separata especial

Miércoles 25 de setiembre de 2019

ACUERDO DE CONCEJO Nº 195

Lima, 5 de setiembre de 2019

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO;

El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009450 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 410-MVES, que establece el régimen de la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Villa El Salvador, y;

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad;

Que la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobó la ordenanza materia de ratificación, remitiéndola con la respectiva documentación al Servicio de Administración Tributaria de Lima-SAT, con carácter de declaración jurada y la citada entidad, previa revisión y estudio, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emitió el Informe Nº 266-181-00000856, de fecha 01 de julio de 2019, concluyendo que procede la ratificación solicitada por cumplir con las Ordenanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima Nº 739, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de diciembre de 2004 y modificatorias, así como la Ordenanza Nº 2085, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 05 de abril de 2018 y conforme a las Directivas Nros. 001-006-00000015 y 001-006-00000028, publicadas en el Diario Oficial El Peruano, con fechas 30 de junio de 2011 y 18 de mayo de 2019, respectivamente;

Que la prestación del servicio se efectuará en un total de 197 espacios, de Lunes a domingo, en el horario establecido en el artículo 9 de la Ordenanza Nº 410-MVES, con la tasa de S/ 0.50 por 30 minutos y los ingresos que la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador proyecta percibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, financiarán el 99.95% de los costos por la prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la citada municipalidad;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, por la Subgerencia de Ingeniería del Tránsito de la Gerencia de Transporte Urbano, en su Oficio Nº 803-2019-MML/GTU-SIT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 60-2019-MML/CMAEO, de fecha 11 de julio de 2019, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ACORDÓ:

Artículo Primero Ratificar la Ordenanza Nº 410-MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que establece el régimen de la tasa por estacionamiento vehicular temporal de dicho distrito, cuyo servicio se prestará en 197 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el artículo 9 de la Ordenanza Nº 410-MVES, con la tasa de S/ 0.50 por 30 minutos de prestación del servicio.
Artículo Segundo

La ratificación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación del presente Acuerdo, así como del texto íntegro de Ordenanza Nº 410-MVES, en especial de la última versión de los anexos, que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos, la cantidad de espacios habilitados y el horario de la prestación del...

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