ORDENANZA, Nº 006-2019-RMDD/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS - Excluyen a inmueble de los alcances de la Ordenanza Regional N° 008-2017-RMDD/CR, que declara patrimonio intangible los terrenos que conforman el predio matriz del Centro de Desarrollo Ganadero (CEDEGA) del Gobierno Regional de Madre de Dios-ORDENANZA-Nº 006-2019-RMDD/CR

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2019

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día viernes 09 de agosto del 2019, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales.

Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.

Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”.

Que, mediante, Decreto Supremo Nº 002-87-AG, se autorizó a “Ganadera Amazonas S.A. – GASA, en liquidación”, la transferencia del Centro de Desarrollo Ganadero de Puerto Maldonado, a favor de la entonces Corporación Departamental de Desarrollo de Madre de Dios y posteriormente se dictan normas complementarias para su mejor aplicación, estableciendo que cada Corporación Departamental de Desarrollo beneficiaria, constituya un Centro de Desarrollo Ganadero CEDEGA, como organismo dedicado a la investigación, fomento y promoción de la ganadería regional.

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 026-2012-GRMDD/CR, se resuelve modificar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Madre de Dios, dejando sin efecto la denominación de Empresa Regional y considerando nuevamente al CEDEGA como una entidad de investigación, fomento, y desarrollo de la ganadería regional, orientada a la producción de reproductores y vientres, principalmente, de doble propósito (carne y leche) y a la transferencia de tecnología a los pequeños productores locales.

Que, es pertinente indicar que mediante Resolución Nº 236-2009/SBN-GO-JAR, la Superintendencia de Bienes Nacionales dispuso la aclaración de la inscripción de dominio “a favor del Estado” del predio inscrito con Partida Nº 11012039, del Registro de Predios de Madre de Dios, efectuada “a favor del Gobierno Regional de Madre de Dios” respecto al predio matriz del CEDEGA, que tiene un área total de 2’ 274,813.60 metros cuadrados y consta de 04 unidades catastrales, cuyo saneamiento físico legal se halla en proceso.

Que, asimismo es pertinente mencionar que mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 007-2013-RMDD/CR, se declaró de “Prioridad Regional” la ejecución del P.I.P. “Mejoramiento de la Prestación de Servicios Tecnológicos del Centro de Desarrollo Ganadero CEDEGA”, y mediante Resolución Gerencial General Regional Nº 024-2014-GOREMAD/GGR, se aprobó el “Expediente Técnico del Proyecto denominado: “Mejoramiento de la Prestación de Servicios...

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