RESOLUCION MINISTERIAL, N° 388-2019-PRODUCE, PODER EJECUTIVO, PRODUCE - Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para la operación de los Núcleos Ejecutores de Compras, en el marco del Decreto Legislativo N° 1414 y su Reglamento”-RESOLUCION MINISTERIAL-N° 388-2019-PRODUCE

Fecha de disposición18 Septiembre 2019
Fecha de publicación20 Septiembre 2019

Lima, 18 de setiembre de 2019

VISTOS: El Informe Nº 36-2019-PRODUCE/DAM-mrivero y el Memorando Nº 1880-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGDE de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Informe Nº 055-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR/DP/ccportillo y el Memorando Nº 1141-2019-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Cargo Nº 3539-2019-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe Nº 771-2019-PRODUCE/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas;

Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del citado Decreto Legislativo dispone que el Ministerio de la Producción tiene como función rectora, el dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fiscalización y ejecución coactiva;

Que, los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7 del citado Decreto Legislativo, disponen que el Ministerio de la Producción, en el marco de sus competencias, cumple las funciones de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan; y de cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su ámbito de competencia;

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1414, se aprobó el Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar núcleos ejecutores de compras (en adelante, NEC) para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas;

Que, el numeral 3.1 el artículo 3 del citado Decreto Legislativo dispone que los NEC son entes colectivos constituidos que gozan de capacidad jurídica para contratar e intervenir en procedimientos administrativos y judiciales, y se sujetan al Decreto Legislativo Nº 1414, su Reglamento, demás disposiciones que emita el Ministerio de la Producción y supletoriamente a las normas que regulan las actividades del ámbito del derecho privado;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo establece que el Ministerio de la...

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