RESOLUCION, Nº 0138-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Convocan a consulta vecinal con fines de demarcación territorial para la creación del distrito de Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad-RESOLUCION-Nº 0138-2019-JNE

Fecha de publicación18 Septiembre 2019
Fecha de disposición18 Septiembre 2019

Lima, dieciséis de setiembre de dos mil diecinueve

VISTO el Oficio Nº 1233-2019-PCM/OAA-TD, recibido el 4 de setiembre de 2019, mediante el cual la jefa de la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Ministros remite la Resolución Ministerial Nº 301-2019-PCM, de fecha 28 de agosto de 2019, y los Informes Nº D000024-2019-PCM-SSATD y Nº D000040-2019-PCM-SSATD de la Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial, que dan origen a la correspondiente consulta vecinal como parte del procedimiento de creación del distrito de Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.

ANTECEDENTES

Mediante la Ley Nº 30538, publicada en el diario oficial El Peruano el 15 de enero de 2017, se declaró de preferente interés nacional y de necesidad pública la creación del distrito de Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad.

La Resolución Ministerial Nº 301-2019-PCM, de fecha 28 de agosto de 2019, publicada en el diario oficial El Peruano el 29 del mismo mes y año, aprobó los Informes Nº D000024-2019-PCM-SSATD y Nº D000040-2019-PCM-SSATD, elaborados por la Subsecretaría de Asuntos Técnicos de Demarcación y Organización Territorial de la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial del Viceministerio de Gobernanza Territorial que dan origen a la consulta vecinal para la creación del distrito de Alto Trujillo, en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, y dispone su remisión al Jurado Nacional de Elecciones a efectos de que se proceda conforme a las competencias de este organismo electoral.

CONSIDERANDOS

Cuestiones generales

  1. El artículo 31 de la Constitución Política del Perú reconoce que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum, iniciativa legislativa, remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas.

  2. Es competencia del Jurado Nacional de Elecciones, entre otras, velar por el cumplimiento de las normas referidas a materia electoral, a tenor de lo dispuesto en los artículos 176 y 178 de nuestra Carta Fundamental, con el fin de asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica de los ciudadanos.

  3. La Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial (en adelante LDOT), en su artículo 2, numeral 2.5, señala que las creaciones, fusiones, delimitaciones y redelimitaciones territoriales, entre otras, son acciones técnicas de demarcación...

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