ACUERDO, Nº 003-2019-MDJM, GOBIERNOS LOCALES - Fijan remuneración mensual de alcalde y monto por concepto de dieta de regidores de la municipalidad-ACUERDO-Nº 003-2019-MDJM

EmisorGOBIERNOS LOCALES
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2019

Jesús María, 9 de enero del 2019

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE JESÚS MARÍA

POR CUANTO: En Sesión Ordinaria N° 1 de la fecha;

VISTOS: El Informe N° 005-2019-MDJM-GA-SRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, el Memorándum N° 002-2019-MDJM-GA de la Gerencia de Administración, el Informe N° 05-2019-GAJRC/MDJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Memorándum N° 007-2019-MDJM/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 39° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 21° de la Ley N° 27972Ley Orgánica de Municipalidades, los alcaldes son funcionarios públicos al servicio de la Nación, desempeñan su cargo a tiempo completo y son rentados mediante una remuneración mensual fijada por acuerdo de Concejo Municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión;

Que, el artículo 12 de la Ley N° 27972 señala que el monto de las dietas de los regidores es fijado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local;

Que, según el inciso 28 del artículo de la citada ley N° 27972, es atribución del Concejo Municipal aprobar la remuneración del alcalde y las dietas de los regidores; asimismo, concordante con el artículo 44° de la citada norma, dicho acuerdo debe publicarse obligatoriamente en el diario oficial “El Peruano”;

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 4° de la Ley N° 28212 – Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas, establece que los alcaldes distritales reciben una remuneración mensual fijada por el Concejo Municipal correspondiente, en proporción a la población...

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