RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 163-2019-VMPCIC-MC, PODER EJECUTIVO, CULTURA - Designan Comité Especial encargado de los procesos de selección de la empresa a cargo del proyecto “Mejoramiento y ampliación del servicio de interpretación cultural relacionado al Qhapaq Ñan - Sede Nacional en 21 distritos, San Francisco de Borja del distrito de San Borja - provincia de Lima - departamento de Lima”, y de la Entidad Privada Supervisora-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 163-2019-VMPCIC-MC

EmisorCULTURA
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2019

Lima, 10 de setiembre de 2019

VISTO; el Memorando N° D000101-2019-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y,

CONSIDERANDO:

Que, a través del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 294-2018-EF, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar Proyectos de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en el citado Texto Único Ordenado y su Reglamento;

Que, de acuerdo al Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por el Decreto Supremo N° 295-2018-EF, la lista priorizada de proyectos a ejecutarse en el marco del mecanismo previsto en el TUO de la Ley N° 29230, debe estar en armonía con las políticas y los planes de desarrollo nacional, regional o local, y contar con la declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y, cuando corresponda, podrán incluir investigación aplicada y/o innovación tecnológica;

Que, el numeral 20.1 del artículo 20 del Texto Único Ordenado del citado Reglamento establece que el proceso de selección de la Empresa Privada se realiza por un Comité Especial designado para tal efecto, el mismo que está integrado por tres (3) miembros, de los cuales dos (2) deben contar con conocimiento técnico del objeto del proceso de selección;

Que, por Resolución...

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