RESOLUCION, Nº 4074-2019, ORGANOS AUTONOMOS, SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES - Autorizan fusión por absorción del Banco Internacional del Perú S.A.A. con sus subsidiarias Contacto Servicios Integrales de Créditos y Cobranzas S.A. e Inversiones Huancavelica S.A.-RESOLUCION-Nº 4074-2019

EmisorSUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2019

Lima, 4 de setiembre de 2019

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú S.A.A. – Banco Interbank (en adelante el Banco) con fecha 28 de mayo de 2019, con el objeto de que se autorice la fusión por absorción entre esta entidad y sus subsidiarias Contacto Servicios Integrales de Créditos y Cobranzas S.A. e Inversiones Huancavelica S.A. (en adelante, Contacto y Huancavelica, respectivamente) en el marco del Procedimiento N° 41 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; actuando el Banco como sociedad absorbente y Contacto y Huancavelica como sociedades absorbidas; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Juntas Generales de Accionistas del Banco, de Contacto y de Huancavelica, celebradas el 27 de marzo de 2019, se aprobó, la fusión por absorción entre el Banco y sus subsidiarias Contacto Servicios Integrales de Créditos y Cobranzas S.A. e Inversiones Huancavelica S.A., así como el proyecto de fusión correspondiente; por lo que la primera de ellas (empresa absorbente) solicita a esta Superintendencia que se le autorice adquirir mediante fusión por absorción a Contacto y Huancavelica (empresas absorbidas) acorde con los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión presentado; en virtud del cual la operación se realizaría en la modalidad de fusión simple. De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 344, concordante con el artículo 363 de la Ley General de Sociedades, aprobada por Ley N° 26887 y sus modificatorias (en adelante, LGS), el Banco asumirá a título universal y en bloque el patrimonio de sus subsidiarias, las cuales se extinguirán sin liquidarse. Asimismo, se ha adjuntado a la solicitud copia de los avisos de los acuerdos de fusión publicados en forma conjunta por las sociedades participantes, a los que se refiere el artículo 355 de la LGS, que de acuerdo a lo indicado han sido publicados con fechas 20 y 24 de junio de 2019 en los diarios El...

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