RESOLUCION SUPREMA, N° 006-2019-MINCETUR, PODER EJECUTIVO, COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO - Disponen cierre de Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior con sede en ciudades ubicadas en Indonesia, Marruecos, República Dominicana, Turquía y Bélgica-RESOLUCION SUPREMA-N° 006-2019-MINCETUR

EmisorCOMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2019

Lima, 4 de setiembre de 2019

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias, establece que el sector Comercio Exterior y Turismo comprende al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo–MINCETUR, a los organismos públicos descentralizados, proyectos y comisiones bajo su jurisdicción y a las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior – OCEX;

Que, según el numeral 7 del artículo 5 de la Ley Nº 27790, en concordancia con el literal k) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificatorias, es función y atribución del Ministro de Comercio Exterior y Turismo fomentar el desarrollo de las exportaciones, el turismo y la artesanía en términos de eficiencia y competitividad a través de las OCEX; para tal efecto, está facultado para determinar la creación, integración o desactivación de las sedes de las OCEX, mediante Resolución Suprema, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores para las gestiones correspondientes ante el Estado receptor;

Que, mediante el Informe Nº 013-2019-DM/DGMOCEX, la Dirección de Gestión y Monitoreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior – DGMOCEX, manifiesta que la gestión y monitoreo de las OCEX representa un proceso de evaluación constante, en virtud a ello ha realizado una evaluación de la ubicación geográfica de las OCEX, considerando la priorización de mercados, de los sectores Servicios, Turismo e Inversiones, así como las variables demográficas, económicas y comerciales;

Que, en virtud de lo señalado en el párrafo precedente, la DGMOCEX recomienda el...

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