RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 316-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Amplían competencia funcional, reubican, convierten y renombran órganos jurisdiccionales de diversos Distritos Judiciales-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 316-2019-CE-PJ

Fecha de disposición07 Agosto 2019
Fecha de publicación21 Agosto 2019
SecciónSección Única

Lima, 7 de agosto de 2019

VISTOS:

El Oficio N° 453-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ que adjunta el Informe N° 047-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 047-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual propuso la conversión y/o reubicación de diversos órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 31 de julio 2019, así como otros aspectos, de acuerdo a lo siguiente:

  1. El Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Ascope, Corte Superior de Justicia de La Libertad, que tramita con turno abierto los procesos laborales de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP) en la provincia, además de liquidar los procesos bajo el amparo de la Ley Nº 26636 (LPT), y que en adición de funciones tramita con turno cerrado procesos en materia civil y familia en apoyo al Juzgado Civil Permanente de Ascope, y desde el 1 de febrero de 2019 procesos de la subespecialidad Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), en apoyo al 1º y 2º Juzgados de Trabajo Permanentes de esa provincia, al mes de mayo 2019 resolvió 167 expedientes de una carga procesal de 590 expedientes, con lo cual obtuvo un avance de solo 20%, debido a que solo tiene turno abierto para el ingreso de procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, los cuales no sobrepasan los 100 expedientes anuales, de acuerdo a lo registrado en el año 2018. Al respecto, y estimándose que la carga procesal para el presente año judicial no será mayor a 700 expedientes, este juzgado se encontraría en situación de “subcarga” procesal al ser esta inferior a la carga mínima de 1,066 expedientes.

    Por otro lado, el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Ascope, que tramita procesos civiles y de familia, al mes de mayo presentó una elevada carga procesal de 991 expedientes, de la cual el 10% (102) correspondió a expedientes ingresados, y el 90% (889) a expedientes de carga inicial, producto del bajo nivel resolutivo de años anteriores, estimándose que para el presente año tendría una carga procesal de aproximadamente 1,150 expedientes, cifra superior a la carga mínima de 1,020 expedientes establecida para un juzgado civil-mixto; por lo que se encontraría en situación de “sobrecarga” procesal, la cual se agrava debido al bajo nivel resolutivo presentado al mes de mayo, ya que solo alcanzó el 22% de su meta, siendo el avance ideal de 36%.

    En ese sentido, resulta conveniente que el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Ascope amplíe su competencia funcional para el trámite con turno abierto de los procesos civiles y de familia, en apoyo al Juzgado Civil Permanente de la misma provincia, que el Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Ascope redistribuya de manera aleatoria al Juzgado Civil Transitorio de la misma provincia un máximo de 200 expedientes de la especialidad de familia, y que se adopten las acciones pertinentes para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado de Trabajo Transitorio y del Juzgado Civil Permanente de la Provincia de Ascope.

  2. Mediante Oficio N° 423-2019-OPJ-CNPJ-CE/PJ, entre otros aspectos, se propuso la reubicación de tres juzgados de familia permanentes del Distrito de San Juan de Lurigancho como Juzgados de Familia Permanentes en los Distritos de La Molina-Cieneguilla, Lurigancho-Chaclacayo y Santa Anita, y como consecuencia de dichas reubicaciones se...

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