ORDENANZA, Nº 011-2019-GRL-CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LORETO - Ordenanza Regional que ratifica el 'Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana - Loreto 2019'-ORDENANZA-Nº 011-2019-GRL-CR

Fecha de disposición12 Julio 2019
Fecha de publicación14 Agosto 2019
SecciónSección Única

Villa Belén, 12 de julio del 2019.

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE

LORETO;

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, en Sesión Ordinaria, de fecha 12 de julio del año 2019, en las Instalaciones del Consejo Regional de Loreto, en uso de sus atribuciones y luego de la revisión, análisis y evaluación de los documentos del expediente que sustenta el PROYECTO DE ORDENANZA REGIONAL SOBRE RATIFICACIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA – LORETO 2019, DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO. Y De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 29053, y la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normas complementarias; y contando con la aprobación del Dictamen de la Comisión de Desarrollo Social, estando al contenido de los informes técnicos y legales favorables que corren en el expediente, previa deliberación y absolución de interrogantes, acordó por UNANIMIDAD, aprobar la Ordenanza Regional siguiente:

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 1º proclama la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, como el fin supremo de la Sociedad y del Estado, y en su artículo 2º inciso 1º consagra el derecho de toda persona a la vida, a su identidad e integridad moral, psíquica y física, y a su libre desarrollo y bienestar;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el artículo 61º, apartados a) y b) ha estipulado: “Las funciones en materia de Defensa Civil: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de Defensa Civil y Seguridad Ciudadana, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales y locales b) Dirigir el Sistema Regional de Defensa Civil”;

Que, el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, en el artículo 9º aprueba el Reglamento...

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