RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 212-2019-A-MPC, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA - Delegan facultades administrativas y resolutivas en diversos funcionarios de la Municipalidad-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 212-2019-A-MPC

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2019

Delegan facultades administrativas y resolutivas en diversos funcionarios de la Municipalidad

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 212 -2019-A-MPC

Cajamarca 06 de mayo de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE CAJAMARCA

VISTO:

La Resolución de Alcaldía Nº 084-2019-A-MPC, de fecha 02 de enero de 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por la Constitución Política del Estado, concordante con el Art II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades”, refieren que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la autonomía que la constitución establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece las atribuciones del alcalde, normando en el numeral 20. delegar sus atribuciones administrativas en el Gerente Municipal; texto concordante con los artículos 27º y 39º de la citada norma, cuando señala que la administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal, funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva designado por el Alcalde, resuelven los aspectos administrativos a su cargo a través de Resoluciones y Directivas, respectivamente; así como las competencias y funciones específicas contenidas en el artículo 78º y siguientes de la precitada norma.

Que, Artículos 78º del Texto Único Ordenado de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regulan la delegación de competencias, estableciendo en el inciso 18.1. que Las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad.

Que, en materia de contrataciones del Estado, el artículo 8º numeral 8.2.- de la Ley Nº 30225Ley de Contrataciones del Estado, refiere que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma otorga, … salvo las excepciones expresamente establecidas en el mismo maro normativo.

Que, con la intención de seguir garantizando una gestión eficiente en la entidad, que permita un adecuado funcionamiento y operatividad de las áreas administrativas, se requiere delegar y desconcentrar ciertas facultades resolutivas de acuerdo con la actual estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, descritas en el Reglamento de Organización y Funciones; es necesario desconcentrar las atribuciones administrativas propias del titular de la entidad.

Que, a través de la Resolución del visto, se delega al Gerente Municipal, Gerente de Infraestructura, Director de la Oficina General de Administración, Director de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, Procurador Público Municipal, adicionalmente a las funciones inherentes al cargo, una serie de facultades administrativas y resolutivas; asimismo, se hacen necesarias enmarcarlas dentro del marco jurídico; por los que en uso de las facultades conferidas por la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Texto Único Ordenado de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:

Artículo Primero DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Alcaldía Nº 084-2019-A-MPC, de fecha 02 de enero de 2019.
Artículo Segundo DELEGAR AL GERENTE MUNICIPAL, adicionalmente a las funciones inherentes al cargo, las...

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