RESOLUCION SUPREMA, N° 177-2019-JUS, PODER EJECUTIVO, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - Acceden a solicitudes de extradición pasiva de ciudadanos peruano y ecuatoriano formuladas por autoridades de Argentina y Ecuador-RESOLUCION SUPREMA-N° 177-2019-JUS

Fecha de disposición07 Agosto 2019
Fecha de publicación08 Agosto 2019
SecciónSección Única

Lima, 7 de agosto de 2019

VISTO; el Informe Nº 104-2019/COE-TPC, del 18 de julio de 2019, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano peruano DANIEL EDILBERTO INGA CRUZ, requerido por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 9 de la ciudad de Buenos Aires de la República Argentina, para ser procesado por la presunta comisión del delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones agravadas por haber sido ocasionadas a un miembro de las fuerzas policiales por su condición de tal, en concurso con robo en poblado y en banda, este último en grado de tentativa;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al inciso 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el inciso 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 29 de mayo de 2019, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición pasiva con procedimiento simplificado de entrega del ciudadano peruano DANIEL EDILBERTO INGA CRUZ, para ser procesado por la presunta comisión del delito de resistencia a la autoridad en concurso ideal con lesiones agravadas por haber sido ocasionadas a un miembro de las fuerzas policiales por su condición de tal, en concurso con robo en poblado y en banda, este último en grado de tentativa (Expediente Nº 79-2019);

Que, el inciso b) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición pasiva remitido por el órgano...

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