DECRETO, Nº 001-2019-AREQUIPA, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA - Establecen procedimiento extraordinario para celebrar transacciones extrajudiciales con los trabajadores administrativos del Colegio Militar Francisco Bolognesi, sobre aplicación del D.U. N° 088-2001-DECRETO-Nº 001-2019-AREQUIPA

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición 3 de Agosto de 2019

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DE

AREQUIPA

CONSIDERANDO:

Que el articulo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley No 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Titulo IV Descentralización; y Ley No 28607; establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes, conforme lo establece el inicio 9.1 del artículo 9° de la Ley No 27783, Ley de Bases de la Descentralización;

Que, el artículo 37° de la Ley No 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales a través de sus órganos de Gobiernos dictan normas y disposiciones pertinentes; correspondiendo a la Gobernación Regional emitir Decretos Regionales los mismos que conforme al artículo 40° de la acotada ley, establecen normas reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la administración regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano;

Que, son principios constitucionales que ninguna relación laboral puede limitar el ejercicio de los derechos constitucionales ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador y el carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley;

Que, mediante Decretos Regionales Nos. 002.2012-AREQUIPA y 001-2013-AREQUIPA, se aprobó procedimientos extraordinarios para transacciones extrajudiciales con los trabajadores administrativos de las Unidades de Gestión Educativa Locales; a través de los cuales se les reconoció como beneficiarios de los incentivos laborales del Fondo de Asistencia y Estimulo, a los trabajadores administrativos de todas las Unidades de Gestión Educativa Locales de la Región Arequipa (hoy Unidades Ejecutoras, que implica desprendimiento presupuestal de las Unidades Ejecutoras 300 y 302), que se encuentran bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo No 276, y que tienen vinculo laboral vigente con el Gobierno Regional de Arequipa, conforme lo establecido en la Octava Disposición Transitoria del TUO de la Ley No 28411 (vigente es esa época);

Que, la Gerencia Regional de Educación Arequipa, (Unidad Ejecutora 300) y las Unidades de Gestión Educativa Local de la Región Arequipa (también Unidades Ejecutoras), pertenecen al pliego Gobierno Regional de Arequipa, en este sentido, de acuerdo a la normatividad constitucional, los trabajadores que laboran en ella tienen derecho a un trato igualitario y no discriminatorio en relación a los trabajadores administrativos del Colegio Militar Francisco Bolognesi (también Unidad Ejecutora), situación que ha merecido pronunciamiento por parte del encargado de Recursos Humanos del CMFB, reconociendo su derecho a través del Informe N° 011-2018-CMFB-OA/RR.HH., y de sentencias emitidas por el órgano jurisdiccional, lo cual ha generado un desorden administrativo en el pago de planillas en la citada institución, ya que por un lado hay un grupo de trabajadores que perciben el incentivo en base a las escalas que perciben los trabajadores administrativos de la Gerencia Regional de Educación y en las Unidades de Gestión Educativa Local, y otro grupo que perciben el incentivo en base a las escalas establecidas.

Que, en efecto mediante Resolución Ejecutiva Regional Nro. 236-2013-GRA/PR, se resuelve aprobar el incentivo único que se otorga a través de los Comités de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo (CAFAE) para el personal administrativo de las Unidades Ejecutoras 300 Educación Arequipa, 302 Educación Arequipa Norte, y 303 Educación Arequipa Sur, de la Gerencia Regional de Educación, del cual se desprende una notoria y sustancial diferencia con el otorgado a trabajadores del mismo nivel...

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