ORDENANZA, Nº 522-2019-MDB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE BARRANCO - Aprueban Nuevo Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad-ORDENANZA-Nº 522-2019-MDB

EmisorMUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Fecha de la disposición12 de Julio de 2019

Barranco, 12 de julio del 2019

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTOS:

El Informe Nº 200-2019-GAJ-MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el memorándum Nº 276-2019-GM-MDB de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 028-2019-GAT-MDB de la Gerencia de Administración Tributaria y el Dictamen Nº 001-2019-MDB/COAJEAP en conjunto de la Comisión de Economía, Administración y Planeamiento y la Comisión de Asuntos Jurídicos; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 52º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que es competencia de los gobiernos locales, administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne;

Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que al Concejo Municipal le corresponde aprobar, modificar o derogar las ordenanzas. Asimismo, el artículo 39º de la misma, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno, mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;

Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, citada establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de la cual, entre otros asuntos, se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley;

Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece en el artículo 36º que en casos particulares, la Administración Tributaria está facultada a conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria al deudor tributario que lo solicite, con excepción de tributos retenidos o percibidos, siempre que dicho deudor cumpla con los requerimientos o garantías que aquélla establezca mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar;

Que, mediante Informe de visto, la Gerencia de Administración Tributaria propone la aprobación de una nueva ordenanza que actualice el Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias aprobada con Ordenanza Nº 284-MDB de fecha 16 de noviembre del 2007; ordenanza que establece los requisitos y las condiciones de otorgamiento de fraccionamiento en la Municipalidad Distrital de Barranco;

Que, la propuesta se sustenta en la derogación de su base normativa, es decir el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado con Decreto Supremo Nº 135-99-EF que ya ha sido derogado y ha entrado en vigencia el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, asimismo se debe actualizar los requisitos y condiciones establecidas así como brindar facilidades y mejorar el procedimiento vigente;

Que, mediante Informe del visto, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente la aprobación del proyecto de ordenanza, encontrándose plenamente sustentada la base legal expuesta considerando además que constituye una necesidad para nuestra entidad actualizar las normas que sustenta los procedimientos para los contribuyentes, por lo que recomienda elevar los actuados al Concejo Municipal para la aprobación correspondiente;

En uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA, la siguiente:

Artículo Primero APROBAR el Nuevo Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias de la Municipalidad Distrital de Barranco.
Artículo Segundo Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias para la adecuación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia.
Artículo Tercero ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Subgerencia de Recaudación y Control, a la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo Cuarto ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano y al Área de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión a los vecinos y al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Barranco www.munibarranco.gob.pe.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JOSÉ JUAN RODRIGUEZ CARDENAS

Alcalde

Artículo 1º FINALIDAD.

El presente Reglamento tiene por finalidad establecer los procedimientos, requisitos y condiciones para acogerse al fraccionamiento de la deuda tributaria vencida, administrada por la Municipalidad Distrital de Barranco.

Artículo 2º DEFINICIONES Y PRECISIONES.

Para la aplicación del presente Reglamento, se entenderá por:

  1. Administración. - Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de Barranco.

  2. Deudor. - Contribuyente o responsable que mantiene pendiente de pago deuda tributaria.

  3. Deuda Tributaria. -Constituida por el tributo insoluto (Impuesto Predial, Arbitrios Municipales e Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos) multas tributarias, los reajustes e intereses moratorios a que se refiere al artículo 33º del Texto Único del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 133-2013-EF y el derecho de emisión generados hasta la fecha del fraccionamiento.

  4. Solicitante. - Deudor, representante legal o un tercero debidamente autorizado mediante documento público o privado.

  5. Solicitud de Fraccionamiento. - Documento que emite la Administración, utilizando un registro automatizado, a petición del solicitante, para acceder a un fraccionamiento de carácter particular, el...

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