RESOLUCION JEFATURAL, Nº 213-2019-INEI, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA - Aprueban ejecución de la 'Encuesta Económica Anual 2019' a nivel nacional-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 213-2019-INEI

EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Fecha de la disposición12 de Julio de 2019

Lima, 12 de julio de 2019

Visto el Oficio Nº 1474-2019/INEI-DNCE y el Informe Nº 056-2019-INEI-DNCE/DECEEE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando la aprobación de la Encuesta Económica Anual 2019.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI, ente rector del Sistema Estadístico Nacional, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizadas por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas oficiales a nivel regional y nacional;

Que, mediente informe N° 056-2019-INEI-DNCE/DECEEE del 26 de junio de 2019, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas informa que, para fines de medición de la actividad económica - financiera de los sectores económicos del país, es necesario realizar a nivel nacional la Encuesta Económica Anual 2019, dirigida a una muestra representativa de empresas de los sectores siguientes: Comercio; Servicios; Universidades no Estatales; Instituciones Educativas de Gestión Privada; Pesca Transformativa, Extractiva y Acuicultura; Actividades de Agencias de Viaje, Organizadores de Viaje y de Asistencia a Turistas; Actividades de Hospedajes; Actividades de Servicios de Comidas y Bebidas; Manufactura; Agroindustria; Construcción; Transportes y Comunicaciones; Hidrocarburos y Servicios Eléctricos.

Que, la Encuesta Económica Anual 2019, permitirá obtener información económica - financiera, indispensable para la elaboración de las variables macroeconómicas e indicadores económicos - financieros por actividad económica, que contribuyan a un mejor conocimiento de la realidad económica sectorial y nacional, además de la adopción de medidas que sirvan de base para mejorar la producción de estadísticas económicas del Sistema Estadístico Nacional;

Que, la Dirección Nacional de Censos y Encuestas en coordinación con los Órganos encargados de la producción estadística de los ministerios correspondientes, ha llevado a cabo las actividades de planeamiento; así como la definición y contenido de los formularios electrónicos a ser utilizados en la Encuesta Económica Anual 2019, resultando pertinente aprobar los respectivos formularios y establecer el plazo de su entrega, en armonía con lo dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

SE RESUELVE:

Artículo 1

Autorizar la ejecución de la “Encuesta Económica Anual 2019” a nivel nacional, del 22 de julio al 18 de octubre de 2019, la que estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del INEI, Oficinas Departamentales y Zonales de Estadistica e Informática - ODEIs, OZEIs, Órganos de Estadística de los Gobiernos Regionales y encargados de la producción estadística en los ministerios correspondientes, los mismos que se detallan en el Anexo Nº 01, que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2 Aprobar el formulario web de la “Encuesta Económica Anual 2019”, con la denominación que se detalla en el Anexo Nº 02

El acceso al formulario y su devolución con la información requerida, se realizará siguiendo los procedimientos establecidos en el Anexo Nº 03, utilizando los contactos electrónicos indicados en los anexos Nº 02 y 03 que forman parte de la presente Resolución.

Artículo 3

Disponer que están obligadas a presentar la información de la EEA 2019, las empresas que desarrollaron alguna actividad económica durante el año 2018, de los sectores siguientes: Comercio; Servicios; Universidades No Estatales; Instituciones Educativas de Gestión Privada; Pesca Transformativa, Extractiva y Acuicultura; Actividades de Agencias de Viaje, Organizadores de Viaje y de Asistencia a Turistas; Actividades de Hospedaje; Actividades de Servicios de Comidas y Bebidas; Manufactura; Agroindustria; Construcción; Transportes y Comunicaciones; Hidrocarburos y Servicios Eléctricos, clasificadas en la CIIU Rev.4.

Artículo 4 Las empresas que hayan sido seleccionadas en la muestra están obligadas a llenar el formulario web de la Encuesta Económica Anual 2019, con información económica-financiera correspondiente al ejercicio económico del año 2018.

La información económica financiera que proporcione...

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