ORDENANZA, Nº 015-2019/MDV, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA - Otorgan beneficio para la condonación de multas tributarias producto de la deuda fiscalizada correspondiente al Impuesto Predial a favor de los contribuyentes del distrito-ORDENANZA-Nº 015-2019/MDV

Fecha de disposición27 Junio 2019
Fecha de publicación21 Julio 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo

Ventanilla, 27 de junio de 2019

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE VENTANILLA

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de junio del año 2019, el Informe Nº 0187-2019/MDV-SGyAJ de la Secretaría General y Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 457-2019/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, Informe Nº 0246-2019/MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, Memorando Nº 065-2019/MDV-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 059-2019/MDV-GAT-SGFT de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, respecto a la Ordenanza Municipal que dispone el beneficio para la condonación de las multas tributarias producto de la deuda fiscalizada correspondiente al impuesto predial a favor de los contribuyentes del distrito de Ventanilla, y;

CONSIDERANDO:

Que, artículo 194º de la Constitución Política del Perú, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional establece que los Gobiernos, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial;

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, consagra en su Artículo 40º que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura jurídica municipal por medio de las cuales se aprueba entre otros temas, las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y...

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