RESOLUCION DE ALCALDIA, Nº 069-2019-MDS/A, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN - Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad-RESOLUCION DE ALCALDIA-Nº 069-2019-MDS/A

EmisorMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Fecha de la disposición17 de Julio de 2019

Sayán, 4 de abril del 2019

VISTO: El Informe Nº 069-2019- MDS/OGA, de fecha 01 de abril del 2019, el informe Nº 00203-2019-SGRH/MDS de fecha 29 de Marzo del 2019, y el Contrato de Trabajo a Plazo Fijo Nº 0001-2019-MDS de fecha 29 de marzo del 2019; y,

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN

CONSIDERADOS:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, en concordancia con la autonomía política y administrativa que gozan las Municipalidades consagrada en el precepto constitucional, ésta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;

Que, el Artículo 7º numeral 7.1 del TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que: “La designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos”;

Que, la Ley Nº 26979 y sus disposiciones modificatorias y ampliatorias, señalan que tanto el Ejecutor y Auxiliar Coactivo, deben ser seleccionados por Concurso Público de Méritos, conforme también a lo normado por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276; y su Reglamento aprobado...

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