RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 262-2019-CE-PJ, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Precisan alcances de la Res. Adm. N° 137-2019-CE-PJ, que estableció disposiciones aplicables una vez consentida y/o ejecutoriada la sentencia condenatoria que dispone la pena limitativa de inhabilitación-RESOLUCION ADMINISTRATIVA-Nº 262-2019-CE-PJ

Fecha de disposición26 Junio 2019
Fecha de publicación12 Julio 2019
MateriaDerecho Penal,Derecho Público y Administrativo
SecciónSección Única

Lima, 26 de junio de 2019

VISTO:

El Oficio N° 566-2019-P-CSJV/PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante la Resolución Administrativa N° 137-2019-CE-PJ, de fecha 3 de abril de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso que una vez consentida y/o ejecutoriada la sentencia condenatoria que dispone la pena limitativa de inhabilitación; el juez del proceso deberá comunicar dicha decisión a la autoridad correspondiente, para su conocimiento y acciones pertinentes.

Segundo. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla mediante Oficio N° 566-2019-P-CSJV/PJ, pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno que en la aludida resolución administrativa no se desprende a que autoridad deberá remitirse dicha sentencia, esto es, si al Responsable del Registro Nacional Judicial o al Presidente del Consejo del Notariado; por ello, solicita la aclaración respectiva.

Tercero. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; por lo que, evaluado lo consultado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, resulta pertinente la precisión solicitada en la Resolución Administrativa N° 137-2019-CE-PJ.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 799-2019 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Ruidías Farfán y Alegre Valdivia, sin la intervención del señor Consejero Lama More y la señora Consejera Deur Morán, por encontrarse de licencia y de vacaciones...

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