DECRETO SUPREMO, N° 032-2019-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Decreto Supremo que establece el procedimiento administrativo de Registro de Plan de Operaciones de las Intervenciones-DECRETO SUPREMO-N° 032-2019-RE

EmisorRELACIONES EXTERIORES
Fecha de la disposición 9 de Julio de 2019

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, modificada por Decreto Legislativo Nº 1451, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las Entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, establece que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional es un organismo público ejecutor, la cual se encuentra adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;

Que, el artículo 3 del citado cuerpo normativo, señala que la APCI es la encargada de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece;

Que, el literal f) del artículo 4º de la citada Ley Nº 27692, establece como una de las funciones de la APCI, velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales que regulan la cooperación técnica internacional;

Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, dispone que la APCI rige su accionar por las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; en la Ley Nº 27692, Ley de creación de la agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; en la Ley Nº 28875, Ley que Crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable; así como las demás normas modificatorias, reglamentarias y conexas;

Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros, establece que el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) que se pague en las compras de bienes y servicios, efectuadas con financiación provenientes de donaciones del exterior y de la cooperación técnica internacional no reembolsable otorgadas por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR