DECRETO SUPREMO, N° 032-2019-RE, PODER EJECUTIVO, RELACIONES EXTERIORES - Decreto Supremo que establece el procedimiento administrativo de Registro de Plan de Operaciones de las Intervenciones-DECRETO SUPREMO-N° 032-2019-RE
Emisor | RELACIONES EXTERIORES |
Fecha de la disposición | 9 de Julio de 2019 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, modificada por Decreto Legislativo Nº 1451, Decreto Legislativo que fortalece el funcionamiento de las Entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, establece que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional es un organismo público ejecutor, la cual se encuentra adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;
Que, el artículo 3 del citado cuerpo normativo, señala que la APCI es la encargada de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los beneficios tributarios que la ley establece;
Que, el literal f) del artículo 4º de la citada Ley Nº 27692, establece como una de las funciones de la APCI, velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y convencionales que regulan la cooperación técnica internacional;
Que, el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, dispone que la APCI rige su accionar por las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-92-PCM; en la Ley Nº 27692, Ley de creación de la agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; en la Ley Nº 28875, Ley que Crea el Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable; así como las demás normas modificatorias, reglamentarias y conexas;
Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros, establece que el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) que se pague en las compras de bienes y servicios, efectuadas con financiación provenientes de donaciones del exterior y de la cooperación técnica internacional no reembolsable otorgadas por...
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