CONVENIO, Memorándum de Entendimiento, CONVENIOS INTERNACIONALES, RELACIONES EXTERIORES - Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana para la Cooperación en el Campo de la Seguridad y Defensa y de los Materiales para la Defensa-CONVENIO-Memorándum de Entendimiento

EmisorRELACIONES EXTERIORES
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2019

Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana para la Cooperación en el Campo de la Seguridad y Defensa y de los Materiales para la Defensa

MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO ENTRE

EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ

Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ITALIANA

PARA LA COOPERACIÓN EN EL CAMPO DE

LA SEGURIDAD Y DEFENSA Y DE LOS

MATERIALES PARA LA DEFENSA

El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República italiana de aquí en adelante llamados “las Partes Contrayentes”:

teniendo en cuenta los beneficios que derivarían a ambas Partes Contrayentes, de una más eficaz colaboración en el campo de la Defensa y en particular en el sector de los sistemas para la defensa, en el ámbito de la colaboración entre los dos Países;

con el objeto de obtener el mayor provecho de sus capacidades tecnológicas e industriales y de promover la cooperación entre sus industrias;

conviniendo que las formas de colaboración derivadas de su aplicación deberán estar de acuerdo con los respectivos lineamientos de sus políticas nacionales e internacionales y no podrán contravenir las normativas vigentes en los dos Países, ni los acuerdos asumidos en el ámbito internacional;

han convenido lo siguiente:

ARTÍCULO 1

Las Partes Contrayentes actuarán, de acuerdo con sus respectivos ordenamientos jurídicos vigentes, para promover, facilitar y desarrollar la cooperación en el campo de la Seguridad y Defensa y de los Materiales para la Defensa, basándose en el principio de reciprocidad.

La Parte italiana, por intermedio de la Secretaria General de Defensa y las Direcciones Generales de los Armamentos (Navales, Terrestres y Aéreos) proveerá a la Parte peruana asistencia y apoyo de carácter técnico-logístico con relación a los sistemas, materiales, equipos y medios de procedencia italiana.

Este apoyo incluirá esencialmente:

- el intercambio de información, finalizado al mantenimiento y a la modernización de los equipos, sistemas y materiales;

- la cesión de repuestos, instrumentos, equipos especiales y aparatos;

- la asistencia en las actividades de adquisición y de reparación de materiales, y de cursos de formación y calificación en empresas italianas;

- el entrenamiento del personal peruano a efectuarse en las estructuras de la Defensa italiana o de la Defensa peruana;

- asistencia y apoyo en los contactos, negociaciones, tratativas con las industrias de la Defensa italiana.

Las Partes se comprometen a realizar intercambios de informaciones con respecto a eventuales variantes en la configuración de los aparatos y de los sistemas comunes a aquellos utilizados en las Fuerzas Armadas de ambos Países,

Las Partes se comprometen a sostener los requerimientos de materiales de soporte para los aparatos arriba mencionados, sea mediante cesiones de su propio stock como también mediante la asistencia a la Parte solicitante en las adquisiciones en el mercado local de ítem no disponibles.

Las prestaciones serán a título oneroso...

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