ACUERDO, Nº 065-2019/MM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES - Aprueban arrendamiento por subasta pública de catorce espacios de terreno para la instalación de módulos de información turística-ACUERDO-Nº 065-2019/MM

Fecha de disposición04 Julio 2019
Fecha de publicación07 Julio 2019

Miraflores, 4 de julio de 2019

Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 04 de julio de 2019, el Dictamen Nº 39-2019 de la Sesión Conjunta de la Comisión de Regidores de Economía y de Asuntos Jurídicos del 03 de julio de 2019, el Informe Nº 03-2019-MDM de la Promotora Turística de la Gerencia de Cultura y Turismo del 08 de abril de 2019, el Informe Nº 006-2019-GCT/MM de la Gerencia de Cultura y Turismo del 09 de abril de 2019, el Memorándum Nº 418-2019-GCT/MM de la Gerencia de Cultura y Turismo del 22 de mayo de 2019, el Memorándum Nº 632-2019-GAF/MM de la Gerencia de Administración y Finanzas del 24 de mayo de 2019, el Memorándum Nº 895-2019-SGLCP/GAF/MM de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial del 27 de mayo de 2019, el Informe Nº 134-2019-SGLCP-GAF/MM del Responsable de Control Patrimonial del 10 de junio de 2019, el Informe Nº 377-2019-SGLCP-GAF/MM de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial del 11 de junio de 2019, el Memorándum Nº 138-2019-GAJ/MM de la Gerencia de Asesoría Jurídica del 25 de junio de 2019, el Memorándum Nº 805-2019-GAF/MM de la Gerencia de Administración y Finanzas del 26 de junio de 2019, el Informe Técnico Nº 009-2019-SGLCP-GAF/MM del Responsable de Control Patrimonial del 27 de junio de 2019, el Informe Nº 151-2019-CP-SGLCP/GAF-MM del Responsable de Control Patrimonial del 27 de junio de 2019, el Informe Nº 413-2019-SGLCP-GAF/MM de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial del 26 de junio de 2019, el Memorándum Nº 817-2019-GAF/MM de la Gerencia de Administración y Finanzas del 28 de junio de 2019, el Informe Nº 191-2019-GAJ/MM de la Gerencia de Asesoría Jurídica del 01 de julio de 2019, el Memorando Nº 585-2019-GM/MM de la Gerencia Municipal del 01 de julio de 2019, y el Proveído Nº 128-2019-SG/MM de la Secretaría General del 01 de julio de 2019;

CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de acuerdo a lo señalado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 55º de la Ley Nº 27972 establece que...

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