RESOLUCION, N° 0079-2019-JNE, ORGANOS AUTONOMOS, JURADO NACIONAL DE ELECCIONES - Declaran fundada reconsideración y desestiman pedido de vacancia formulado contra regidor del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima-RESOLUCION-N° 0079-2019-JNE

EmisorJURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2019

Expediente Nº JNE.2019000902

CAÑETE - LIMA

VACANCIA

RECURSO DE APELACIÓN

Lima, veinticinco de junio de dos mil diecinueve

VISTOS, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Fredy Teodoro Toribio Candela, regidor del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, contra la decisión tomada en el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 005-2019-MPC, de fecha 25 de abril del 2019, que declaró infundado su recurso de reconsideración; y, la decisión tomada en el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 002-2019-MPC del 5 de marzo de 2019, que declaró fundada la solicitud de vacancia presentada por Alejandro Valdez Moscoso, por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

ANTECEDENTES

Solicitud de vacancia

El 8 de febrero de 2019 (fojas 59 a 68), Alejandro Valdez Moscoso solicitó la vacancia de Fredy Teodoro Toribio Candela, regidor del Concejo Provincial de Cañete, departamento de Lima, alegando que incurrió en la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM).

El solicitante como parte de los argumentos que sustentan el pedido de vacancia indicó lo siguiente:

  1. El 12 de enero de 2019, se llevó a cabo la primera sesión de concejo municipal, y durante su desarrollo, el regidor Fredy Teodoro Toribio Candela solicitó, de forma tajante, dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 004-2019-AL-MPC, del 2 de enero de 2019, en la cual se designó como procurador público municipal al abogado Henrry Felipe Meléndrez Mendoza.

  2. Así, atendiendo a que el referido regidor es abogado conocedor de las leyes, logró influir en la mayoría de regidores, induciéndoles en error, quienes acordaron dejar sin efecto la referida resolución; constituyendo una clara transgresión al artículo 11 de la LOM, que supone un menoscabo a su función fiscalizadora; pues, el citado artículo establece la prohibición de realizar funciones administrativas o ejecutivas, es decir, no están facultadas para la toma de decisiones con relación a la administración, dirección o gerencia de los órganos que comprenden la estructura del concejo municipal.

    Descargos del regidor distrital cuestionado

    En la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 002-2019-MPC, del 5 de marzo de 2019 (fojas 79 a 85), Fredy Teodoro Toribio Candela hizo sus descargos, señalando lo siguiente:

  3. Deduce excepción de incompetencia, por cuanto la solicitud ha sido dirigida al alcalde y no al pleno del concejo, quien es el competente, conforme el artículo 23 de la LOM.

  4. Solicitó la sustracción de la materia, sin la determinación sobre el fondo, pues el pedido de dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 004-2019-AL-MPC, que designa como procurador a Henrry Felipe Meléndrez Mendoza, no tendría efecto; pues el 15 de enero de 2019, el referido procurador renunció y se designó a otro mediante la Resolución de Alcaldía Nº 050-2019-AL-MPC, de la misma fecha, por lo que el acuerdo tomado en la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 001-2019-MPC, el 16 de enero de 2019, carece de efecto.

  5. Téngase en cuenta que el Pleno del Concejo es quien define en la referida sesión la decisión de dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 004-2019-AL-MPC, y es responsable solidariamente por los acuerdos emanados; asimismo, el pedido de dejar sin efecto la citada resolución de alcaldía fue en cumplimiento de su función fiscalizadora.

    Pronunciamiento del concejo municipal

    En Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 002-2019-MPC, del 5 de marzo de 2019 (fojas 79 a 85), con asistencia del alcalde y los regidores, se sometió a votación el pedido de vacancia presentado en contra de Fredy Teodoro Toribio Candela, regidor del Concejo Provincial de Cañete, con el siguiente resultado: 9 votos a favor de la vacancia y 3 votos en contra, por lo que el pedido se aprobó. Esta decisión se materializó mediante Acuerdo de Concejo Nº 031-2019-MPC, del 7 de marzo de 2019 (fojas 86 a 95).

    Del recurso de reconsideración

    El 22 de marzo de 2019 (fojas 45 a 49), Fredy Teodoro Toribio Candela interpuso recurso de reconsideración en contra de la decisión tomada en el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 002-2019-MPC, con la finalidad de que se desapruebe y/o declare infundada la solicitud de vacancia.

    Fundamentando, principalmente, que su pedido de dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 04-2019-AL-MPC, que designaba como procurador público al abogado Henrry Felipe Meléndrez Mendoza, se...

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