ORDENANZA, Nº 266-2019/MDP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA - Ordenanza que establece incentivos tributarios para los subvaluadores y omisos en la jurisdicción del distrito de Pucusana-ORDENANZA-Nº 266-2019/MDP

Fecha de publicación29 Junio 2019
Fecha de disposición31 Mayo 2019

Pucusana, 31 de mayo del 2019

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD

DISTRITAL DE PUCUSANA.

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 31 de mayo del 2019; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º otorga autonomía a las Municipalidades, la que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, lo que es concordante con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, conforme lo establecen los Artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Perú, la facultad de crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos es otorgada a los gobiernos locales, siempre que sea dentro de su jurisdicción y con los límites que la ley establece, esto en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF y con el Artículo numeral 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, el Artículo 52º del TUO del Código Tributario aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF establece que es competencia de los gobiernos locales administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias y arbitrios, y por excepción los impuestos que la ley les asigne. Asimismo, el Artículo 41º de la misma norma señala que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, estableciendo que en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades -, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios...

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