ACUERDO, Nº 0044-2019-AL/CPB, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA - Declaran la situación de desabastecimiento inminente de leche fresca para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad y autorizan contratación directa-ACUERDO-Nº 0044-2019-AL/CPB

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Fecha de la disposición27 de Junio de 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE BARRANCA

VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal, de fecha 08 de Mayo del 2019, en orden del día, sobre declarar en situación de desabastecimiento inminente debidamente comprobada de leche fresca para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Barranca y autorizar la contratación directa para la compra de insumos de leche fresca para el programa de Vaso de Leche; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendo al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras; y, a la Alcaldía, las funciones ejecutivas;

Que, el T.U.O. de la Ley Nº 30225, aprobado por el Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, en su numeral 27.1 del Art. 27º establece que, “Excepcionalmente, las Entidades pueden contratar directamente con un determinado proveedor en los siguientes supuestos: (…), c) Ante una situación de desabastecimiento debidamente comprobada, que afecte o impida a la Entidad cumplir con sus actividades u operaciones.”; en su numeral 27.2, señala que, “Las contrataciones directas se aprueban mediante Resolución del Titular de la Entidad, acuerdo del Directorio, del Consejo Regional o del Concejo Municipal, según corresponda.

Que, mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, estableciendo en su Art. 100º que, “La Entidad puede contratar directamente con un proveedor solo cuando se configure alguno de los supuestos del artículo 27 de la Ley bajo las condiciones que a continuación se indican: (…)c) Situación de desabastecimiento.”. Asimismo precisa que: La situación de desabastecimiento se configura ante la ausencia inminente de determinado bien, servicio en general o consultoría, debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria e imprevisible, que compromete la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo.

Que...

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