ORDENANZA, Nº 008-2019-GR-LL/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Aprueban declarar de interés regional el Festival de la Vicuña de la Comunidad Campesina de Cahuide de Santiago de Chuco como Festival de Interés Turístico Regional en el departamento de La Libertad-ORDENANZA-Nº 008-2019-GR-LL/CR

Fecha de disposición22 Junio 2019
Fecha de publicación22 Junio 2019

EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE LA LIBERTAD

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192° de la Constitución Política del Perú de 1993, Modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modificatoria Ley Nº27902, y demás Normas Complementarias;

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO

REGIONAL DE LA LIBERTAD

Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional

VISTO:

En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha 28 de mayo del 2019, el Oficio N° 006-2019-GRLL-CR/CCETA de fecha 23 de mayo del 2019, mediante el cual la Consejera por la Provincia de Sánchez Carrión, Srta. Milagros Jennifer Catalán Corman, en su calidad de Presidente de la Comisión Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía, remite el Dictamen de fecha 14.MAY.2019 sobre Proyecto de Ordenanza Regional relativo a: “Declarar al festival de la vicuña de la comunidad campesina de Cahuide de Santiago de Chuco como festival de interés turístico Regional en el Departamento de La Libertad, con la finalidad de darle un ambiente festivo y turístico a la labor que cumplen los comités comunales en el uso sustentable de la vicuña revalorando la existencia de esta especie en nuestra región contribuyendo a su consolidación y posicionamiento a nivel local, regional, nacional e internacional”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 192° de la Constitución Política del Perú de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales, promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicación, salud y medio ambiente, conforme a Ley.

Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 004-2014-MINAGRI, establece la actualización de la lista de clasificación sectorial de las especies amenazadas de fauna silvestre establecidas en las categorías de: En Peligro Crítico (CR), En Peligro (EN), y Vulnerable (VU), como medida precautoria para asegurar la conservación de las especies establecidas en dichas categorías. De acuerdo a esta clasificación, la especie Vicugna vicugna (Vicuña) está considerado como Casi Amenazado (NT).

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 354-2008-AG, se declaró concluidos los procesos de efectivización de transferencia en materia agraria de diversas funciones específicas al Gobierno Regional de La Libertad, entre ellas la función específica p) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en donde establece que el Gobierno Regional de La Libertad, es competente para promover y difundir los chaccus dentro del programa turístico regional; promover, impulsar, apoyar y fortalecer la asociatividad de los titulares de manejo en camélidos sudamericanos silvestres; apoyar y participar en las zonas alto andinas el desarrollo de modelos de gestión para manejo y aprovechamiento de los camélidos sudamericanos silvestres.

Que, según la Resolución Ministerial N° 0560-2010-AG, Aprueban Lineamientos Técnicos, Guía de actividades para la conservación, manejo y aprovechamiento sostenible de los camélidos sudamericanos silvestres y Términos de Referencia para la Gestión y Administración de las Especies de Camélidos Sudamericanos Silvestres, establece que la...

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