ORDENANZA, N° 405-MDSJM, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - Modifícan el Reglamento Interno del Concejo Municipal-ORDENANZA-N° 405-MDSJM

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Fecha de la disposición21 de Junio de 2019

Modifícan el Reglamento Interno del Concejo Municipal

ORDENANZA Nº 405-MDSJM

San Juan de Miraflores, 17, de junio de 2019

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE

MIRAFLORES

Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, Memorándum Nº 090-2019-A/MDSJM del Despacho de Alcaldía, el Informe Nº 168-2019-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, pronunciándose sobre la propuesta de modificación de la Ordenanza Nº 000001-2007-MDSJM;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en el sentido que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de acuerdo al Artículo 9º numeral 12) de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, una de las funciones del Concejo Municipal es aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo Municipal;

Que, de acuerdo al Artículo 20º numeral 14) de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, una de las funciones del Alcalde es proponer al Concejo Municipal los proyectos de Reglamento Interno del Concejo Municipal;

Que, el Artículo 4º del Reglamento Interno del Concejo Municipal aprobado por la Ordenanza Nº 000001-2007-MDSJM, establece que el Alcalde es miembro del Concejo Municipal, lo preside y ejerce funciones ejecutivas de conformidad a sus atribuciones señaladas en el Artículo 20º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) del Artículo 9º, y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto por Mayoría de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta; se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE MODIFICA LA

ORDENANZA Nº 000001-2007-MDSJM -

REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO

MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

Artículo Primero Modifíquese los artículos 9º, 17º, 28º, 31º, 33º, 34º, 39º, 41º, 45º, 46º, 49º, 50º, 53º del Reglamento Interno del Concejo, aprobado por la Ordenanza Nº 000001-2007-MDSJM, los que quedarán redactados, en el lugar que corresponda, en los términos siguientes:

Artículo 9.- Los Regidores tienen derecho a percibir hasta un máximo de 2 dietas al mes, por asistencia efectiva y previo Acuerdo del Concejo Municipal, lo cual no impide que se lleven a cabo más de 2 sesiones mensuales.

Las dietas se pagan por asistencia efectiva a las Sesiones, en función de la lista de asistencia que se firma hasta antes del inicio de la Estación Orden del Día. Una vez iniciada la Estación Orden del Día, los señores Regidores no pueden retirarse de la Sesión, sin autorización, previa del Concejo, por causa justificada.

Artículo 17.- Las citaciones a las Sesiones Ordinarias se efectuarán con dos (02) días hábiles de anticipación; y las citaciones a las Sesiones Extraordinarias se efectuarán con un (1) día hábil de anticipación; notificándose por escrito en forma personal o por correo electrónico; para lo cual los Regidores deberán remitir a la Secretaría General una comunicación escrita, señalando si desean la notificación personal o por correo electrónico, alcanzando la dirección a la cual desean les sea enviada la citación o la dirección de su correo electrónico, según corresponda.

Una vez remitida las citaciones, toda la documentación y antecedentes de los temas a debatirse, estarán a disposición de los Regidores en la Secretaría General, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 14º de la...

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