ORDENANZA, Nº 004-2019-MPSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN IGNACIO - Ordenanza que aprueba la campaña para la actualización de Datos con Carácter de Declaración Jurada masiva para los contribuyentes del Distrito de San Ignacio-ORDENANZA-Nº 004-2019-MPSI

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN IGNACIO
Fecha de la disposición11 de Junio de 2019

San Ignacio, 20 de mayo del 2019

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

DE SAN IGNACIO

POR CUANTO:

EL CONCEJO PROVINCIAL DE SAN IGNACIO

VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 09-2019, de la fecha 20 de Mayo del 2019, la Carta Nº251-2019/MPSI-GM, del Gerente Municipal en la cual presenta, el proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la campaña para la actualización de datos con carácter de declaración jurada masiva para los contribuyentes del distrito de San Ignacio a propuesta de la Sub Gerencia de Recaudación, Rentas y Cobranzas Coactivas, y el Informe Legal Nº 0126-2019-MPSI-GAJ; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en los Artículos 194º y 195º numeral 4 de la Constitución Política del Perú, modificados por la Ley Nº 27680- Ley de Reforma Constitucional, los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, y gozan de competencia para crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites establecidos por Ley;

Que, en ese sentido el Artículo 60º del TUO de la Ley de Tributación Municipal establece que, conforme a lo señalado en las normas referidas precedentemente, así como en el Artículo 74º de la propia Carta Magna, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley;

Que, de otro lado el Artículo 14º del mismo TUO de la Ley de Tributación Municipal establece que los contribuyentes están obligados, para los efectos del cálculo del Impuesto Predial, a presentar Declaración Jurada: a) Anualmente el último día hábil del mes de febrero salvo que el Municipio establezca una prórroga, b) Hasta el último día hábil del mes...

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