RESOLUCION, Nº 0090-2019-IIAP-P, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA - Modifican la Res. N° 001-2019-IIAP-P en lo referente a la delegación de funciones y atribuciones al Jefe de la Oficina General de Administración-RESOLUCION-Nº 0090-2019-IIAP-P

Fecha de disposición08 Junio 2019
Fecha de publicación08 Junio 2019
MateriaDerecho Público y Administrativo

Iquitos, 4 de junio del 2019

VISTO: La Resolución Presidencial Nº 001-2019-IIAP-P, su fecha 2 de enero del año en curso, sobre delegación de facultades y atribuciones a diversos funcionarios; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana-IIAP, aprobado por el Acuerdo Nº 247/036-2010-IIAP-CS del Consejo Superior, el Presidente es el órgano de mayor nivel jerárquico del IIAP, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad, tiene entre sus funciones aprobar y emitir las disposiciones normativas que le corresponda, así como emitir resoluciones de presidencia en el ámbito de su competencia;

Que, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1444, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, dispone los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras, y conforme al inciso 8.2 del artículo 8º de la citada ley y su modificatoria, el titular de la Entidad puede delegar mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oficio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación salvo lo dispuesto en el reglamento;

Que, mediante la Resolución Presidencial Nº 001-2019-IIAP-P, en el literal c) del inciso 2.2 de su artículo 2º se delega facultades y atribuciones a el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración, las facultades que se ejercen de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, para lo siguiente: c) “Aprobar los expedientes de contratación para la realización del procedimiento de selección correspondiente a la Subasta Inversa Electrónica”;

Que, por razón del servicio se hace necesario modificar la delegación de facultades y atribuciones al jefe/a...

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