ORDENANZA, Nº 267-MVMT, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - Regulan la expedición de constancia de posesión para pobladores que formen parte de programas y/o proyectos de factibilidad de servicios aprobados, por parte del Estado y/o de empresas prestadoras de los servicios básicos-ORDENANZA-Nº 267-MVMT

Fecha de disposición05 Junio 2019
Fecha de publicación05 Junio 2019

Regulan la expedición de constancia de posesión para pobladores que formen parte de programas y/o proyectos de factibilidad de servicios aprobados, por parte del Estado y/o de empresas prestadoras de los servicios básicos

ORDENANZA Nº 267-MVMT

Villa María del Triunfo, 21 de mayo de 2019

EL CONCEJO DISTRITAL DE VILLA MARÍA

DEL TRIUNFO

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 003-2019 de la Comisión de Desarrollo Urbano, respecto a la propuesta de Ordenanza Municipal que regula de manera extraordinaria y excepcional la expedición de la constancia de posesión para los pobladores que formen parte de programa(s) y/o proyecto(s) de factibilidad de servicios aprobados por parte del Estado y/o de las empresas prestadoras de los servicios básicos; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; asimismo en su artículo IV señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

Que, el Congreso de la Republica dicto la Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos - Ley Nº 28687, a través del cual se regula en forma complementaria y desarrolla el proceso de formalización de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interés social orientado a los sectores de menores recursos económicos y establece el procedimiento para la ejecución de obras de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad en las áreas consolidadas y en proceso de formalización;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 24º de la indicada ley, la factibilidad de Servicios Básicos en los terrenos ocupados por posesiones informales a las que se refiere el artículo 3o de la presente Ley se otorgará previo Certificado o Constancia de Posesión que otorgará la municipalidad de la jurisdicción; siendo que el reglamento establecerá los requisitos para el otorgamiento de los Certificados;

Que, el artículo 27º del Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, a través del cual se Aprueba el Reglamento de los Títulos II y III de la Ley No. 28687 “Ley de Desarrollo Complementaria de la Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al suelo y dotación de servicios básicos”, señala: “Las municipalidades distritales en cuya jurisdicción se encuentre ubicada una posesión informal o la municipalidad provincial cuando se encuentre ubicada una posesión informal o la municipalidad provincial cuando se encuentre dentro de su Cercado, otorgarán a cada poseedor el certificado o Constancia de posesión para los fines del otorgamiento de la factibilidad de servicios Básicos”;

Que, mediante Informe Nº 147-2019-SGPUCOPHU-GDU-MVMT de fecha 09 de abril del 2019 la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, propone a la Gerencia de Desarrollo Urbano la “ordenanza municipal que regula de manera extraordinaria y excepcional la expedición de la constancia de posesión para los pobladores que formen parte de programa(s) y/o proyectos de factibilidad de servicios aprobados, por parte del estado y/o de las empresas prestadoras de los servicios básicos” señalando expresamente su conformidad respecto de la aprobación de la propuesta;

Que, a través del Informe Nº 74-2019-GDU-MVMT de fecha 25 de abril del 2019, la Gerencia de Desarrollo Urbano manifiesta que se encuentra conforme con la propuesta de Ordenanza;

Que, con...

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